Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Economía

LUMA evaluó la red eléctrica a ojo para aceptar métricas en las que ahora se cuelga

Cuando empezaron, aceptaron métricas sobre cantidad y duración de apagones después de hacer una evaluación “visual” de la red, y ahora plantean que la red que manejan hace tres años ha empeorado demasiado y que deben cambiarle la curva de cumplimiento.

LUMA Energy hizo una evaluación ‘a ojo’ de la red eléctrica para aceptar que una de las formas en que se mediría su desempeño para efectos de cobrar bonificaciones millonarias serían la cantidad y duración de los apagones.

Sin embargo ahora, cuando ambas cosas han empeorado, alega que la red que ellos tienen bajo su cargo desde hace tres años se ha deteriorado aceleradamente y les afecta esa métrica.

Esto es parte de los argumentos que tiene ante sí el Tribunal de Apelaciones en el caso que presentó el operador privado de la red eléctrica para que se revoque la determinación que hizo el Negociado de Energía (NE) sobre cuáles serán las métricas bajo las cuales se medirá el desempeño del operador y bajo las cuales podrían acceder a bonificaciones además de la tarifa fija anual que cobran por gerenciar el sistema eléctrico.

LUMA indicó al Apelativo que el dictamen del NE es “arbitrario”, no estuvo basado en evidencia, los tomó por sorpresa y es ilegal porque tiene el efecto de modificar el contrato entre el operador y la Autoridad para la Alianza Público Privadas (AAPP) en cuanto al esquema de compensación y bonificación. En la práctica, las métricas que el NE adoptó para aspectos como la cantidad y duración de apagones, entre otros criterios de evaluación, tendrían el efecto de recortar 49% de la bonificación que LUMA podría tener, aseguró el operador al tribunal.

Las métricas, que pueden generarle a LUMA hasta $20 millones anuales encima de su tarifa de hasta $105 millones, no están aplicándose todavía porque solo entran cuando comience el periodo formal de 15 años de duración del contrato. A su vez, los 15 años comienzan a correr después de que termine la quiebra de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y, como eso se ha atrasado, el operador y el gobierno siguen bajo los términos de un acuerdo suplementario que no es el de 15 años.

Pero una versión de esas métricas ya se está recopilando en el NE y el cuadro no es bueno para LUMA, reflejando que el operador ha perdido terreno en las mejorías desde el año pasado.

En cuanto a cantidad de apagones mensuales (conocido técnicamente como SAIFI o System Average Interruption Frequency Index), la primera medición fueron 7.56 en mayo de 2022 y llegó a mejorar a 6.65 en marzo de 2023, pero en junio pasado empeoró hasta ocho. Esa métrica se recoge mensual. Para todo Estados Unidos, el SAIFI promedio anual, no mensual, está cerca de 1 desde 2013.

Por otro lado, está la duración de los apagones (SAIDI o System Average Interruption Duration Index), que se recopila en el NE como cantidad de minutos mensuales. La primera medición en mayo de 2022 fueron 1,648 (27 horas), mejoró hasta 1,209 (20 horas) en mayo de 2023 y empeoró a 1,448 (24 horas) en junio 2024. Cinco horas y media anuales son el resultado de esta medida en Estados Unidos.

Otra métrica recogida es la cantidad de revisiones de facturas que los abonados solicitan bajo la Ley 57. Aunque entre junio de 2021 y junio de 2024 la cantidad total de abonados creció apenas 1.78%, en el mismo periodo la cantidad de reclamaciones abiertas cada mes aumentó 1,848%.

En su petición de revisión ante el apelativo, LUMA pide, esencialmente, que el NE se mantenga en su carril de regulador y que no imponga métricas que alteren su contrato con el gobierno, de manera tal que no se afecte su “derecho contractual de tener una oportunidad razonable de devengar el pago del incentivo”.

Al discutir el SAIDI y SAIFI en su escrito, LUMA relata que se basó “en muchos años de experiencia en varias empresas de servicio público y en los presupuestos anuales actuales y previstos de LUMA para estimar una mejora porcentual anual agresiva pero alcanzable a partir de las referencias base para establecer los objetivos anuales futuros para los primeros tres años de la operación de LUMA”. “El hecho de que la salud y el estado real de (la red) no estuvieran documentados por la AEE llevó a LUMA a realizar algunas evaluaciones visuales para luego utilizar su juicio y determinar que el resto (de la red) se encontraba en condiciones similares o peores”, añaden.

Después de aceptar las métricas por su “experiencia”, “presupuestos” y por la evaluación a ojo, o “visual” que hicieron de la red, ahora reclaman como un “error y abuso de discreción” del NE el que ignoraran la prueba que presentaron sobre “el ritmo acelerado de degradación (de la red) que afecta a los resultados (de las métricas) en materia de confiabilidad”.

Durante los tres años de litigio sobre las métricas en el NE, con cuatro vistas, la única propuesta completa que se presentó sobre la evaluación de desempeño fue la propia de LUMA y el operador alega que parece ser que el negociado “no logró comprender a cabalidad la propuesta que tenía ante sí”.

Aunque públicamente LUMA ha apostado a la poda y control de vegetación como su estrategia principal para reducir los apagones, se quejaron en el apelativo de que el negociado introdujo una métrica relacionada con control de vegetación como parte de las métricas de desempeño. También, disputaron que el NE le asignara al control de vegetación un peso de medición menor que el que le adjudicaron a las métricas de cantidad y duración de apagones. Si se concede lo que pide el operador, tendría más oportunidad de cobrar el bono por podar vegetación, aunque esa poda no reduzca los apagones ni la duración de los mismos.

El proceso ante el NE para determinar las métricas tuvo dos interventores: la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) y un grupo de organizaciones compuesto por Comité Diálogo Ambiental, Inc.; El Puente de Williamsburg, Inc. – Enlace Latino de Acción Climática, Inc.; Alianza Comunitaria Ambientalista del Sureste, Inc.; Coalición de Organizaciones Anti-Incineración, Inc.; Amigos del Río Guaynabo, Inc.; CAMBIO, Inc.; Sierra Club Puerto Rico, Inc.; y la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER).

La primera no presentó solicitud de revisión al apelativo, pero el grupo de organizaciones sí lo hizo para pedir que se declare inválida y nula la determinación del NE sobre las métricas porque solo contempla el pago de bonificaciones, o incentivos, por cumplirlas, pero no incluye penalidades por no cumplirlas. El perito del grupo, el catedrático Agustín Irizarry Rivra, testificó que, aún LUMA cumpliendo todas las métricas, el resultado sería solo tener una red eléctrica razonable para los estándares del siglo pasado, pero no el sistema de transmisión y distribución de siglo 21 que se supone los puertorriqueños consigan como resultado de la ley que autorizó la privatización de la operación de la red. Es también la red moderna que se supone paguen los fondos federales disponibles para reconstrucción.

El grupo señala también que el proceso de evaluación fue violatorio de los principios básicos de participación pública porque la mayor parte los trabajos se condujeron en inglés usando lenguaje técnico y sin requerir la traducción de documentos importantes.

La ley, resaltaron, requiere imponer tanto incentivos como penalidades, pero el NE rehusó poner penalidades porque era la primera vez que se diseñaba un sistema de incentivos para una compañía eléctrica en la isla.

“¿Por qué entones el NE sí accede a bonificaciones que se pagarán con fondos del Pueblo de Puerto Rico por un sistema que le falta mucho por llegar a un sistema del siglo XXI y no accede para las penalidades por terrible desempeño en métricas tan cruciales como la seguridad laboral, la confiabilidad del sistema, el uso de fondos públicos, interconexión con energías renovables o eficiencia energética?”, plantearon los interventores al apelativo.

El NE no ha presentado su escrito al apelativo.

Para leer la solicitud de LUMA, pulse aquí.

PDF: 001 - Solicitud de Revision de Decision Administrativa de Luma Energy,LLC.pdf

Para leer la solicitud del grupo de interventores, pulse aquí.

PDF: 001 - Solicitud de Revision judicial de Decision Administrativa (stamped).pdf

Vea:

Tardó 14 minutos en fallar el megatransformador movido a Santa Isabel

La Junta se opone a créditos por enseres averiados a causa de apagones y variaciones de voltaje

Extendido contrato transitorio de LUMA, las métricas de cumplimiento entran en juego

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.