Regresa la insistencia de autocertificaciones al sector privado
Forma parte de las recomendaciones del sector privado en la nueva Orden Ejecutiva.
Similar a mayo, la gobernadora Wanda Vázquez Garced dejó en manos del sector privado la fiscalización de los comercios que busquen abrir sus puertas durante la pandemia del COVID-19 bajo las disposiciones de una nueva Orden Ejecutiva (OE).
Es decir, las empresas deben autocertificar que cumplen con los requisitos de la orden, deben llevar a cabo una auditoría a sí mismos y administrar un control de volumen en sus establecimientos para no violentar los límites de ocupación de visitantes.
“Todos los componentes de los sectores económicos tienen la obligación de integrar un proceso de auto fiscalización. Tenemos que lograr una transformación del comportamiento social respecto al virus”, aseguró la Primera Ejecutiva.
Las medidas anunciadas por la Gobernadora representan la conclusión de las discrepancias entre el “Task Force” Médico y el “Task Force” Económico. Este último solicitó tiempo adicional para presentar sus recomendaciones, lo que atrasó el anuncio de Vázquez Garced y provocaron la extensión de la OE vigente hasta el viernes, 21 de agosto.
Por esa razón, las nuevas disposiciones tendrán vigencia desde el sábado, 22 de agosto, hasta el 11 de septiembre.
Por la pasada semana se ha subrayado la ausencia de consenso entre ambos grupos en las reuniones de trabajo, aunque el crecimiento de contagios del COVID-19 y la cantidad de muertes en la Isla a raíz de esta enfermedad ha alcanzado niveles críticos y preocupantes.
Autocertificación
El proceso de autocertificación existía desde mayo, cuando se anunció la fase reapertura económica guiada por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) en la OE-2020-038 y en la cual se basan en esta nueva versión.
En ese entonces, las guías para asegurar el bienestar de sus empleados y clientes debían ser enviadas por los comercios a la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés) del Departamento del Trabajo, como único requerimiento para su reapertura.
Aunque en ese tiempo la imposición de las guías era un requisito para la reapertura, sus componentes eran opcionales, por lo que no todo patrono implementó los mismos controles para velar por la seguridad y la salud de sus empleados y clientes.
Las guías también eran requerimientos que se tomaron de los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y OSHA federal. A nivel local, OSHA está facultado en ley para inspeccionar los comercios, recibir quejas o imponer penalidades de encontrar algún grado de incumplimiento.
En la presentación de ayer, la ingeniero Danerys Fernández explicó como integrante del “Task Force” Económico que el Estado debía enviarle a las empresas comprobante de que cumplieron con someter las guías.
Programa de Auditoría
Según el anuncio, todos los comercios que pueden abrir bajo la nueva OE —que son los mismos que ya están abiertos— deben designar a un oficial de cumplimiento para someter de manera electrónica los resultados de la auditoría propia.
El documento debe ser certificado por el oficial de mayor rango en la empresa.
Criterios de volumen
Finalmente, toda empresa que reciba público y sea un centro comercial de formato cerrado, una tienda con más de 100,000 pies cuadrados y megatiendas deben cumplir con los siguientes parámetros:
- Uso de mascarillas
- Distanciamiento físico y un máximo de dos personas caminando juntas
- No sobrepasar la capacidad límite de 25%
La diferencia en esta ocasión estriba en que si una empresa incumple con el criterio establecido, será cerrada hasta que el Departamento de Salud determine lo contrario. Esta acción de incumplimiento también expone a un cierre a las demás empresas catalogadas en ese mismo sector económico, sumado a una multa.
El ejemplo expresado por Fernández durante la transmisión yace en que si diez centros comerciales violentan las disposiciones en un 50%, todos los centros comerciales de la Isla deben cerrar.
Durante el mensaje especial se presentó una gráfica que estipula que hay comercios de menor, mediano y alto riesgo.
Los de menor riesgo deben reportar a Salud la implementación y el seguimiento de sus medidas mensualmente. Los de mediano riesgo deben hacerlo de manera bisemanal, mientras que las empresas de alto riesgo deben hacer lo propio semanalmente. La gráfica establece un nivel de control de cumplimiento base de 75%.
Una vez una empresa reabra sus puertas luego de haberse ordenado su cierre, debe entonces cumplir con los requisitos de cumplimiento de una compañía catalogada como de alto riesgo, según la tabla.
Para leer todo lo que contiene la nueva OE, presiona aquí.