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Economía

Primera acción judicial de LUMA es en contra de la UTIER por bloqueos

El nuevo operador del sistema eléctrico pide al tribunal una orden para evitar bloqueos en instalaciones de la AEE y las vías públicas.

Manifestación de empleados UTIER de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) en los portones de Moisty Skate Park en Caguas, terreno utilizado como almacén de vehículos de LUMA Energy.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

LUMA Energy LLC, quien asumió la operación del sistema eléctrico de Puerto Rico desde el martes bajo un contrato de 15 años, recurrió al tribunal en su primera acción judicial como operador para pedir una orden de cese y desista en contra de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) porque sus bloqueos no le permiten acceder a instalaciones de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

Además de la UTIER, la solicitud de LUMA es específicamente contra el presidente del sindicato, Ángel Figueroa Jaramillo, y también la Asociación de Jubilados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AJAEE).

“En este mismo instante, LUMA está totalmente impedida de acceder a las instalaciones de Palo Seco, Utuado y Caguas que son esenciales a la administración y mantenimiento de la infraestructura eléctrica de Puerto Rico”, sostiene la empresa en la demanda.

“Específicamente, LUMA no ha podido acceder a equipo de seguridad necesario para que los obreros que están realizando labores puedan completar sus funciones de forma segura. Asimismo, el bloqueo de las mencionadas instalaciones imposibilita labores de mantenimiento requeridas para que la infraestructura eléctrica funcione de forma segura e ininterrumpida. Esto es solamente una muestra de los incidentes de bloqueo o las limitaciones al libre acceso a través de vías públicas a instalaciones que conforman la infraestructura eléctrica de Puerto Rico, y que incluyen el bloqueo de las entradas propiamente de instalaciones de la AEE o instalaciones que LUMA utiliza a los fines antes mencionados”, añade.

Como parte de los requisitos legales, la demanda está juramentada por la exsuperintendente de la Policía, Michelle Fraley, como directora de Seguridad de LUMA.

El juez superior Alfonso S. Martínez Piovanetti denegó la solicitud de interdicto provisional, o inmediato, y citó vista para este viernes. “[D]e los hechos expuestos en la declaración jurada no se desprende claramente que se causarán perjuicios, pérdidas o daños inmediatos e irreparables a la parte solicitante de no expedirse dicho remedio antes de que se pueda notificar y oír a la parte adversa”, concluyó el juez.

Las solicitudes específicas al tribunal son que emita órdenes requiriendo a los demandados:

-“[C]esar y desistir de inmediato de bloquear o limitar directa o indirectamente, o a través de terceros, los accesos a las instalaciones de la AEE, cualquier componente del Sistema TD o locales donde LUMA realice actividades ubicados a través de todo Puerto Rico”.

-“[C]esar y desistir de inmediato de bloquear o limitar directa o indirectamente, o a través de terceros los caminos, aceras, carreteras o cualquier otro tipo de vía pública que conduzca a las instalaciones de la AEE, cualquier componente del Sistema TD o locales donde LUMA realice actividades ubicados a través de todo Puerto Rico”.

-“[C]esar y desistir de inmediato de actos de intimidación, violencia, vandalismo, o que limiten el disfrute de la propiedad, o que perturben los sentidos en violación de los derechos constitucionales de LUMA, sus funcionarios, empleados, contratistas u cualquier tercero que desee asociarse con LUMA o acudir a instalaciones de la AEE o a locales donde LUMA realice actividades a través de Puerto Rico”.

Además, buscan una sentencia declaratoria “que determine que el derecho a la libertad de expresión de los demandados no les permite obstruir el acceso a las instalaciones de la AEE, utilizar conducta amenazante en contra del personal de LUMA ni causar daños a la propiedad”, así como la imposición del pago de honorarios de abogados y costas.

En su exposición al tribunal, LUMA hace decenas de alegaciones en contra de la UTIER, no solo por actos ocurridos alrededor de la transferencia del sistema eléctrico el 1 de junio sino también a actos históricos del sindicato, algunos que requirieron intervención de las autoridades y otros no, como el bloqueo de las oficinas centrales de la AEE en la huelga de 2012, que provocó el transporte de gerenciales mediante helicóptero, manifestaciones en Santurce en 2014 y una sentencia por agresión simple contra Figueroa Jaramillo que el Tribunal Supremo avaló en 2007.

Las bases legales que LUMA expone son la Ley 90 del 14 de abril de 2018, que permite que un tribunal emita interdictos contra “cualquier persona o personas participantes o interesadas en una disputa obrera” que realicen actos de violencia e intimidación, entre otros. También, el Artículo 277 del Código de Enjuiciamiento Civil sobre estorbos públicos.

“La conducta de la UTIER ha creado un ambiente de inestabilidad generalizada que constituye un estorbo a la comunidad… En lugar de aceptar su inhabilidad para recabar el apoyo necesario conducente a que las estructuras políticas adoptaran formalmente su postura, la UTIER comenzó a realizar o instruir a que se realizaran actos abiertamente ilegales”, argumentaron a la vez que aseguraron reconocer el derecho del sindicato y otros a ejercer su libertad de expresión.

Mediante el contrato de operación, “LUMA asume una de las principales y más trascendentales responsabilidades para con Puerto Rico que persona o entidad alguna haya asumido en el pasado o pueda asumir en el futuro”, aseguró la empresa.

Para ver el documento, pulse aquí.

PDF: Demanda LUMA v UTIER por bloqueos y manifestaciones junio 2021
Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.