LUMA pierde en su intento de limitar manifestaciones de la UTIER
Juez desestimó solicitud de interdicto porque LUMA no presentó evidencia suficiente para un interdicto contra el sindicato.
El juez Alfonso Martínez Piovanetti archivó hoy la solicitud del operador privado de la red eléctrica, LUMA Energy LLC, porque no presentaron evidencia suficiente para sostener una orden que prohibía a la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) hacer manifestaciones que bloquearan acceso a las instalaciones del sistema eléctrico.
“Ahora bien, el interés público –asunto que el Tribunal debe tomar en consideración al atender cualquier solicitud de injunction– aconseja que aclaremos que esta determinación no implica que persona alguna esté autorizada a obstaculizar ilegalmente el acceso a las instalaciones para la transmisión y distribución de energía eléctrica administradas por la parte demandante; ni de colocar en riesgo mediante conducta ilícita la continuidad de las operaciones de este servicio esencial”, concluyó el juez al recordar que la Policía tiene el deber de investigar conducta delictiva relacionada a las instalaciones del sistema eléctrico así como que LUMA podría traer cualquier otra reclamación que entienda al tribunal.
El juez había emitido una orden de emergencia el 4 de junio pasado que prohibía a la UTIER, a la codemandada Asociación de Jubilados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AJAEE) y a cualquier otra persona bloquear el acceso de LUMA a las instalaciones de la AEE que están ahora bajo su control. Particularmente, LUMA había señalado a incidentes y problemas de acceso en la técnica de Utuado, la Central Palo Seco y dos instalaciones alternas que la empresa privada estableció como parte de su toma de control del sistema eléctrico el 1 de junio, en Caguas y la Base Aérea Muñíz. También, hicieron alegaciones de que sus empleados tenían que pernoctar en el Centro de Control de Monacillos porque el sindicato impedía las entradas y salidas.
Pero esa orden de emergencia tenía duración limitada y, por ley, está sujeta a que el solicitante presente evidencia para que el tribunal pueda convertir la orden en preliminar y luego en permanente.
Tras varios días de vista, y un intento de transacción, el juez sacó del pleito esta semana a la AJAEE por falta de evidencia en su contra y hoy acabó de resolver el caso mediante una sentencia en la que concluye que el operador privado “no presentó prueba testifical o documental de los empleados de LUMA que supuestamente intentaron tener acceso a las localidades del Sistema (de transmisión y distribución) y no pudieron hacerlo por razón de las manifestaciones; ni de aquellos empleados que supuestamente observaron e identificaron a la parte demandada participar en actividades ilegales dirigidas a obstaculizar o impedir su trabajo”. “Tampoco se presentaron testimonios, declaraciones ni informes de los funcionarios de la Policía que en efecto acreditaran que estos agentes del orden público no podían ni estaban dispuestos a manejar las alegadas situaciones delictivas”, añadió.
LUMA presentó como testigos a su jefa de Seguridad, la exsuperintendente Michelle Hernández, uno de sus supervisores en el Centro de Monacillos, Herminio Ramos Meléndez, y su vicepresidente y director de operaciones encargado del sistema de transmisión y distribución Todd McLaren. Anunciados, pero sin presentar, quedaron oficiales de la Policía y varios videos de incidentes entre el 31 de mayo y 1 de junio, día en que tomaron control de la red eléctrica.
El juez enfatizó que las declaraciones juradas iniciales que LUMA presentó fueron base para la orden de emergencia, pero que “[n]o es hasta que tales declarantes testificaron en corte abierta que sale a relucir concretamente la falta de conocimiento personal de estos testigos sobre tales hechos”.
“[G]ran parte de lo declarado por los tres testigos presentados por la parte demandante careció de valor probatorio y de confiabilidad para sustentar las alegaciones de la demanda presentada por LUMA… admitieron que no tenían conocimiento personal alguno sobre las alegaciones medulares de la demanda de epígrafe.
Sobre los videos, Martínez Piovanetti subrayó que solo mostraron tres de los nueve que habían anunciado y que LUMA “no logró autenticar ninguno de estos vídeos de conformidad con la normativa aplicable a la presentación y admisibilidad de evidencia almacenada electrónicamente”. “[A]ún si tomáramos en consideración el contenido de los tres vídeos mostrados en la vista evidenciaria, estos carecen del peso y valor probatorio necesario para sustentar”, acotó.
El juez consignó también que LUMA “admitió y reconoció que la situación que le provocó a presentar la demanda de epígrafe ha cesado”. “Es decir, en la actualidad no se están llevando a cabo manifestaciones o actividades relacionadas, ya sea por parte de los codemandados o terceros, que obstaculicen el acceso de LUMA a sus instalaciones o que impidan a estos realizar sus labores de operación y mantenimiento del Sistema TD”, dijo.
Durante la vista evidenciaria, el operador trató también de introducir preguntas relacionadas al fuego del jueves de la semana pasada en Monacillos que provocó un apagón general, pero el juez no lo permitió porque no había sido parte de las alegaciones de LUMA en el pleito ni lo habían traído como una violación a la orden que estaba vigente contra el sindicato. Sobre ese fuego, el Departamento de Seguridad Pública ya descartó mano criminal.
En una discusión legal técnica, Martínez Piovanetti expuso también que LUMA inicialmente trae la solicitud de interdicto como una bajo la ley que cubre disputas obrero-patronales, pero luego argumentaron que no era una disputa obrera. Para efectos de sentencia, el juez determinó que, en efecto, se trata de una disputa obrero patronal. “Si bien es cierto que entre LUMA y los miembros de la UTIER no existe una relación directa de patrono y empleado, los miembros de dicha organización sindical son obreros de la misma industria en que LUMA opera, esto es, la industria de la energía eléctrica en Puerto Rico”, escribió sobre esto.
Para ver la sentencia, pulse aquí.