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Economía

Fiscalización pública al contrato de LUMA requerirá activación ciudadana

La Autoridad de Energía Eléctrica, la Autoridad para las Alianzas Público Privadas y el Negociado de Energía son foros claves para la transparencia con el nuevo operador de la red eléctrica.

Tomás Torres Placa (izquierda), representante del interés público en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica.
Foto: Archivo/Nahira Montcourt

Durante el proceso de transición hacia su operación del sistema de transmisión y distribución de la red eléctrica, LUMA Energy LLC levantó algunos argumentos de confidencialidad sobre sus documentos y operaciones, pero el contrato, leyes que aplican a las dos entidades públicas que lo firmaron, jurisprudencia, leyes federales del mercado de valores y el derecho constitucional de acceso a la información en Puerto Rico proveen múltiples fundamentos para demandar transparencia a la nueva empresa en cuanto a sus operaciones con la red eléctrica.

El representante del interés público en la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Tomás Torres Placa, enfatizó en que la fuente de la obligación de LUMA de rendir cuentas al público se ubica en que todavía los activos que está manejando son públicos, y lo seguirán siendo.

De hecho, en una reunión de la Junta el 28 de mayo, según Torres Placa, se aprobaron resoluciones que, en cumplimiento del Plan Fiscal, crean nuevas entidades que adquieren los activos de generación del sistema y los activos de transmisión y se reafirmó el carácter público de ambas, por lo que la AEE mantiene responsabilidad sobre los mismos, “independientemente de cualquier operador privado que (los) pueda tener en sus manos, que pueda estar ejerciendo la administración de esos activos”.

El contrato, que firman LUMA, la AEE y la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP), permite al operador reclamar tratamiento confidencial, pero dentro de los límites de la ley actual. “El Operador reconoce y acepta que cualquier documento u otros materiales relacionados a este acuerdo en posesión del dueño puede ser considerado información pública sujeta a divulgación de acuerdo con requisitos aplicables de divulgación de información pública”, indica el acuerdo en el que “dueño” se refiere a la AEE.

Al hacer reclamos de confidencialidad basado en que son una empresa privada, LUMA también enfrenta la particularidad de que sus dueños, en partes iguales, son otras dos empresas, Quantas y ATCO, que ambas son compañías cuyas acciones trafican públicamente en el mercado de valores, por lo que enfrentan exigencias de transparencia y divulgación de información federales. Otro elemento es que lo único que hace LUMA es operar un sistema público y sus ingresos son únicamente fondos públicos.

Luego, añadió Torres Placa, tanto a la AEE como a la AAPP le aplican la Ley 159 de 2013 que ordena la transmisión de las reuniones de las Juntas de Gobierno de las corporaciones públicas y que le da capacidad jurídica (“standing”) a “cualquier ciudadano” para que el tribunal obligue a las corporaciones a cumplir con la ley. “LUMA tiene que ir a la reunión de la Junta (de Gobierno) para discutir en detalle (sus operaciones)”, sostuvo Torres Placa.

Como consecuencia a que la AEE permanece como dueña de los activos del sistema eléctrico, y de que tiene un deber fiduciario sobre ellos, aplica también la Ley 57 de 2014 (Ley de Transformación y Alivio Energético). Además de las obligaciones de la AEE bajo la Ley 57, el legislador hizo extensiva la aplicación del estatuto específicamente a “el Contratante de la red de transmisión y distribución” y a “toda compañía de energía”, dos categorías que se refieren directamente a LUMA.

Sobre esta ley, el Tribunal Supremo dijo unánimemente el año pasado que “implementó una política pública a favor de la transparencia de las gestiones de la AEE”. “A raíz de ellos, fortaleció el acceso a la información de la AEE al disponer que toda información recibida y creada por la AEE debe ser divulgada oportunamente, de forma completa y mediante un portal electrónico (y) reiteró que la información de la AEE no debe estar sujeta a normas de confidencialidad más amplias de lo necesario”. También, hay precedente a nivel del Tribunal de Apelaciones, en un caso del Centro de Periodismo Investigativo contra la Administración García Padilla, de que a los contratistas del gobierno les aplican las obligaciones de acceso a la información como si fueran agencia de gobierno, en lo que tiene que ver con su trabajo público.

Torres Placa argumentó además que “ninguno de los poderes del Negociado de Energía (NE) son debilitados o afectados por el contrato” con LUMA. “No hay límite, el límite que hay es el que los comisionados (del NE) se autoimpongan por tratar de ser afín con cualquier política púbica establecida por el gobierno, pero eso es algo autoimpuesto”, reiteró. Como ejemplo, planteó que la evaluación del presupuesto inicial de LUMA, el Negociado lo trató como un asunto “misceláneo”, en vez de “adjudicativo”. La diferencia siendo que, de haber sido adjudicativo, había requisitos de participación ciudadana y de interventores, de presentación de evidencia, contrainterrogatorio y otros. Manejarlo de esa manera, planteó, fue una “autoimposición” porque la ley y el contrato no lo requerían así.

En una vista pública la semana pasada, el presidente del NE, Edison Avilés Deliz, aceptó que sus trabajos no son tan transparentes en cuanto a participación ciudadana, particularmente en la evaluación de las solicitudes de aumento de la tarifa.

En su primera semana de operación, y a pesar de que han estado cobrando fondos públicos desde septiembre para prepararse para la transición, LUMA enfrentó problemas en la página de internet y en la aplicación de teléfonos que ofreció al público para interacción y conocimiento de temas como sus facturas.

En Estados Unidos, los estándares de transparencia de las compañías privadas de energía eléctrica incluyen, como el caso de ConEdison, historial de los apagones, status de las solicitudes de servicio y la capacidad de que cada cliente pueda tener acceso a su historial de consumo detallado que se puede descargar y analizar para instalar medidas de reducción de consumo.

Vea:

Negociado de Energía acepta que puede ser más transparente

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.