Simplifican proceso de reembolso por compra de combustible para agricultores
El agricultor bona fide deberá tener una identificación de agricultor activo con Hacienda.
El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, anunció hoy, miércoles, la simplificación del proceso de solicitud de reembolso de arbitrios relacionados a la compra de ‘gas oil’ y ‘diesel oil’, para la operación de maquinaria y vehículos utilizados en actividades agrícolas.
“Continuamos revisando los procesos en el Departamento de Hacienda e integrando más tecnología, para que los distintos sectores puedan beneficiarse de los incentivos disponibles y hacer sus gestiones de forma rápida y sencilla. En este caso, tuvimos una solicitud directa de agricultores que nos pidieron revisar el proceso de reembolso de arbitrios para hacerlo más accesible y el mismo ya está disponible”, dijo Parés Alicea en declaraciones escritas.
El Departamento de Hacienda estableció un procedimiento a través de SURI, para que los agricultores bonafide puedan solicitar el reembolso del arbitrio de ‘gas oil’ o ‘diesel oil’, adquirido para uso exclusivo en la operación de maquinaria y vehículos agrícolas, ganaderos y avícolas. También incluye la crianza de caballos de pura sangre nativos o de caballos de paso fino, puros de Puerto Rico y la operación de maquinaria o vehículos de productores, elaboradores, pasteurizadores o esterilizadores de leche o sus productos derivados, así como otro equipo utilizado en otras operaciones agroindustriales o agropecuarias.
Para someter la solicitud de reembolso, el agricultor bona fide deberá tener una identificación de agricultor activo con el Departamento.
Se reembolsará a razón de 0.04 centavos por cada galón o fracción, según dispone la Sección 3020.06 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado. Además, se reembolsará el impuesto reductor, a razón de 15.50 dólares por cada barril o fracción de ‘gas oil’ o ‘diesel oil’.