El 15 julio serán las ventas exentas del pago del IVU para el regreso a la escuela
Hacienda informó que el otro período con este beneficio está contemplado para el 5 de enero.
El día de ventas exentas del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), en la compra de uniformes y materiales escolares para el año escolar 2023-2024 que comienza en agosto, será el próximo 15 de julio.
En la carta circular de Rentas Internas 23-11 de Hacienda se establece que el primer periodo de exención de IVU en ciertas compras escolares será desde la medianoche del 14 de julio hasta las 11:59 pm del día siguiente (15 de julio).
Los materiales que se incluyen en el periodo de ventas exentas de IVU son los escolares, arte y música, instructivos comprados al detal y medios de almacenaje de computadoras ("storage media"), incluyendo discos, discos compactos y memorias ("flash drives").
Entre los materiales escolares se encuentran también las carpetas, bulto escolar, calculadora, cinta adhesiva, tiza, compás, crayolas, goma de borrar, cartapacios, acordeones expansibles, plásticos y sobres manila, pega, adhesivo y adhesivo en barra, marcadores (incluyendo fluorescentes), tarjetas de afiche ("index cards") y cajas para almacenarlas.
La lista también abarca loncheras, papel suelto, con líneas para libretas de argolla, para copias, cuadriculado, de calcar, manila, papel de color, cartulina y de construcción, asi como cajas de lápices y otras cajas para materiales, sacapuntas, lápices, bolígrafos, transportadores ("protractors"), reglas y tijeras.
En el caso de los materiales de arte y música, la carta circular señala que son los usualmente utilizados en cursos de arte o música o en cursos de estudios, como referencia para aprender la asignatura. Estos incluyen el barro y esmaltes, pinturas (incluyendo acrílicas, de témpera y de aceite), brochas, libretas de dibujo y de bosquejos, además de acuarelas. instrumentos musicales, mapas y el globo terráqueo de referencia.
En cuanto a los libros impresos y electrónicos, Hacienda recordó que están exentos del pago de IVU durante todo el año. La exención es aplicable tanto a la compra como al alquiler.
Los libros impresos son publicaciones que se editan de una sola vez o a intervalos, mientras que los electrónicos también conocidos como libros digitales, ciberlibros o "e books", son la versión electrónica o digital de un libro impreso.
Las libretas de notas compradas al detal, independientemente de su tamaño, también está exentas del pago del IVU durante todo el año.
Igualmente, como regla general, las compras bajo planes de "lay away", mediante vales ("rain checks"), por correspondencia, teléfono, correo electrónico, Internet o certificados y tarjetas de regalo, cualifican para la exención del IVU, cuando su pago y entrega ocurre dentro de las fechas establecidas en la carta circular.
Para el período exento del IVU no se incluyen los siguientes artículos: hebillas de correa vendidas por separado, máscaras de disfraz, parches y emblemas, equipo y artículos de coser, materiales de costura, maletines, cosméticos, artículos para el pelo, carteras de mano, pañuelos, joyería, equipo protector contra lesiones o enfermedades (como mascarillas, caretas, cascos), equipo deportivo y recreativo (como zapatillas de ballet, calzado deportivo de ganchos, patines y hombreras), entre otros.
El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, exhortó a los padres y tutores "a que verifiquen las listas escolares, para que hagan sus preparativos de cara al inicio del nuevo año escolar".
Para información sobre la exención, los interesados pueden acceder a la carta circular a través del enlace: https://hacienda.pr.gov/publicaciones/carta-circular-de-rentas-internas-num-23-11-cc-ri-23-11”, dijo el funcionario.
El segundo periodo de ventas sin IVU será desde el 4 de enero de 2024, desde la medianoche, hasta las 11:59 pm del día siguiente (5 de enero).