Presidente de Hipódromo Camarero desmiente alegaciones "falsas" sobre sus operaciones
El también principal oficial ejecutivo de la empresa, Ervin Rodríguez Vélez, censuró la forma abrupta en culminó una audiencia pública en la cual ofrecería una mirada de la industria hípica.
Ervin Rodríguez Vélez, presidente y principal Oficial Ejecutivo de Hipódromo Camarero, desmintió las alegaciones que tildó de "tergiversadas y malintencionadas" del Comité de Reforma Hípica, al tiempo que expresó su indignación por el cierre abrupto de la vista legislativa en la cual presentaría una ponencia detallada sobre la fiscalización y funcionamiento del Sistema de Video Juego Electrónico (SVJE) y operaciones de la empresa.
“El Grupo Camarero expresa su indignación por la decisión de la Comisión de Deportes de la Cámara de Representantes de cerrar abruptamente la vista cameral a la que fue citado hoy y para la cual se había coordinado desde el lunes pasado la presentación de material audio visual y la entrega de nuestra ponencia con todos los resultados financieros auditados y la distribución correcta de nuestra operación, para contrarrestar toda la información falsa que había presentado el autodenominado grupo hípico”, denunció Rodríguez Vélez en declaraciones escritas.
La Comisión de Recreación y Deportes evalúa una medida que busca realizar "un estudio comprensivo sobre la política pública existente en cuanto a la aplicación de la recreación y el deporte como elementos constitutivos de la salud, el bienestar, el disfrute y la calidad de la vida, y para otros fines relacionados".
Los miembros del Comité de Reforma Hípica de Puerto Rico depusieron en una audiencia previa. Hoy también debía comparecer ante el cuerpo el director de la Comisión de Juegos, José Maymó Azize.
En su ponencia entregada a dicha Comisión cameral, Rodríguez Vélez sostuvo que testimonios vertidos por miembros del mencionado Comité, “contienen aseveraciones que son incorrectas y pueden inducir a error a esta Honorable Comisión, incluyendo la operación del Sistema de Video Juegos Electrónico el cual ha demostrado ser una herramienta que eficazmente complementa la actividad hípica, proveyendo a dicha industria con recursos que subsanan en parte la disminución en las apuestas de caballos, de modo que la industria pueda subsistir.”
“Contrario a alegaciones incorrectas de la Confederación Hípica y Puerto Rico Horse Owners Association (PRHOA) de que existe una inequidad en la distribución del ‘take’ del SVJE, este provee una importante fuente adicional de ingresos para los dueños de caballo que no invierten nada, por medio del fondo de premios, el cual se nutre del 15% de los ingresos del SVJE por disposición de la Ley Hípica. Esta cantidad resulta ser, por mucho, mayor a la distribución equivalente en aquellos estados en que los hipódromos están autorizados a operar sistemas de video lotería: Nueva York – 8.75%. Florida - 14.2%, Maryland – 7% y Ohio - 9% - 11%.”
Rodríguez Vélez señaló que, contrario a la actividad de carreras de caballos, en cuanto al Sistema de Video Juego Electrónico, los dueños de caballos no aportan capital ni trabajo, ni tienen riesgo alguno asociado a dicha operación, por lo que no se justifica una división similar a la existente para las carreras de caballos.
"El riesgo económico y operacional es enteramente del operador y del proveedor del SVJE. Los dueños de caballos se benefician además de que los ingresos del SVJE permiten que el hipódromo pueda continuar operando y pueda mejorar su operación para beneficio de los dueños de caballos y los demás componentes de la industria hípica”, afirmó.
Agregó que, además, el SVJE es una importante fuente de ingresos para los agentes hípicos que reciben el 30% de sus ganancias, no obstante el hecho de que la ley sólo requiere que se les pague el 15%.
"Ello obedece a que tanto el Hipódromo Camarero como su Proveedor para el diseño e implantación del SVJE determinaron cederles a los agentes hípicos parte del beneficio a que ellos tendrían derecho, en consideración a que esos agentes hípicos son los que gestionan las ventas que aprovechan a todos los integrantes de la industria hípica, incluyendo a dueños de caballos y criadores que tampoco invierten nada”, aclaró Rodríguez Vélez a la Comisión legislativa.
Declaró que con el pago del 30% de los ingresos a los agentes hípicos, en lugar del 15% que dispone la ley, la cuantía que reciben el operador y el proveedor del SVJE es menor al 70% que dispone la Ley Hípica, contrario a las declaraciones de los dueños y criadores de caballos. Como ejemplo, mencionó al Sr. Luis Orraca, dueño de caballos, Presidente de la Confederación Hípica que agrupa a la mayoría de los dueños de caballos, y también posee una agencia hípica, recibiendo 30% de los ingresos del SVJE en su agencia.
"Por lo antes expuesto, es absolutamente incorrecta la aseveración de la Confederación y PRHOA [...] los ingresos de nuestra industria-deporte están siendo canalizados para beneficio de dos empresas cuyo interés principal no radica en las carreras de caballos sino en el SVJE, Como cuestión de hecho, la implantación del SVJE va dirigida a atraer nuevos fanáticos del deporte a las agencias hípicas, no a desviar al apostador hípico a otros juegos", apuntaló Rodríguez Vélez.
Añadió que la distribución de ingresos netos del SVJE se realiza de conformidad con el Artículo 21 de la Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico. Advirtió también que, de enmendarse la fórmula de distribución de los ingresos del SVJE como se propuso por el autodenominado comité, “podría aumentar el riesgo del colapso de la industria hípica lo que sería devastador. Si el sector colapsa, se anticipa una pérdida de más de 8,000 empleos directos e indirectos, con una nómina relacionada estimada en más de $33.3 millones. Además, la industria hípica continua siendo un importante generador de ingresos directos para el fisco, devengando el gobierno un total de $85,558,700.49 por concepto de descuento en las apuestas hípicas desde el 2012 hasta el 2019.”
“Entendemos que un cambio en la distribución de los ingresos del SVJE sería contraindicado. La situación económica de la industria, y en particular del hipódromo, es aún precaria, por lo que enmendar la fórmula de distribución de ingresos para que el fisco devengue una porción de los ingresos del SVJE resultaría en perjuicio de la industria hípica y contrario a la intención expresa de la Ley 139-2004, así como interferiría con obligaciones legales que se han contraído a su amparo”, sentenció Rodríguez Vélez.
Explicó que el Fisco se nutre de diferentes maneras del SVJE por el cobro de sobre $500,000 al año por licencias de los agentes hípicos y que pagan el operador y el proveedor del SVJE; el pago de sobre $500,000 al año por concepto de patente municipal, contribución sobre la propiedad mueble, y otras contribuciones; y el reembolso a la AIDH de los gastos incurridos en la fiscalización del SVJE, suma que excede los $200,000 al año. En total, la aportación del SVJE al fisco por estos conceptos, para los años 2013-2020, fue sobre $12 millones.
Sostuvo que en el 2019, el Gobierno recibió $7,014,459.53 de un total apostado de $108,609,998.54, por concepto de la tasa de 6.6% de participación en la distribución de ganancias en las apuestas del hipódromo. Dicha tasa de participación supera por mucho la cantidad promedio en Canadá y Estados Unidos, donde la distribución promedio al gobierno es de 1.8%, siendo el estado con la tasa más alta Kansas con 5.3%, y el de la tasa más baja South Dakota con 0.2%. Sólo existen dos estados con tasas en exceso de 5%: Kansas con un 5.3 % Arizona con un 5.2%.
Para fundamentar su aseveración de la precariedad de la industria hípica, el Presidente y principal oficial ejecutivo de Camarero informó que durante el período de 1994 a 2012, la apuesta se redujo en más de $145.4 millones y continuó hasta el 2016 en que mermó hasta $112.6. En el 2017 reflejó una muy significativa disminución adicional en la apuesta, a $79.3 millones, debido a la interrupción ocasionada por los huracanes Irma y María.
Sobre la fiscalización del SVJE, Rodríguez Vélez declaró que se realiza en estricto cumplimiento con el Artículo 20 de la Ley Hípica, y las disposiciones aplicables del Reglamento del Sistema de Video Juego Electrónico, Reglamento Núm. 8859 de 28 de noviembre de 2016, y acompañó su ponencia con un video en el que funcionarios y contratistas de la Comisión de Juegos describen, en detalle, el proceso de dicha comisión para fiscalizar el SVJE. “Además, la Comisión de Juegos de Azar puede monitorear la actividad en las agencias hípicas en tiempo real, en cualquier momento en que sea necesario y tiene la capacidad de, a través del sistema, verificar la información operacional del SVJE hacia cualquier momento en el pasado”, acotó.
“Resulta de primordial importancia preservar la industria hípica, por lo que no es apropiado tomar acciones, legislativas o de otra índole, que puedan impactar negativamente la salud fiscal de dicha industria. El Grupo Camarero ha realizado esfuerzos extraordinarios para mantener una operación sostenible, garantizando los mejores intereses de la industria y el deporte hípico”, concluyó Rodríguez Vélez.