De Bayamón, las personas que más impugnan las multas por no usar mascarilla
Hasta el lunes pasado, 393 personas habían pagado los boletos para un total de $68,000, según el Departamento de Hacienda.
Solo un 3% de las personas multadas por no usar mascarilla al salir de su hogar han recurrido a los juzgados del país para impugnar el boleto.
Información ofrecida por la Oficina de la Administración de los Tribunales (OAT) revela que hasta el 19 de octubre un total de 40 personas había presentado un recurso de revisión objetando la multa de $100, que se duplica si la persona no paga el boleto en tres días.
Nueve personas en la región de Bayamón se negaron a pagar la multa, convirtiéndose en el centro judicial con el mayor número de reclamaciones. Siguen Aibonito y Aguadilla con seis.
La OAT no ofreció el desenlace de las reclamaciones.
Hasta el 19 de octubre, la Policía de Puerto Rico había expedido 1,495 multas a personas que no tenían mascarilla o cubrebocas y 165 boletos a negocios que permitieron dicha violación de la orden ejecutiva promulgada por la gobernadora Wanda Vázaquez Garced para mitigar el avance del Covid-19, que al momento ha cobrado 774 vidas en la isla.
Debido al ritmo de propagación y contagio, la Primera Ejecutiva mantiene en vigor una orden ejecutiva que impone un toque de queda de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. y que limita las actividades públicas como medida preventiva para evitar recargar el sistema de salud.
Según el Departamento de Hacienda, hasta el 20 de octubre se habían pagado 393 multas administrativas para un total de $68,000.
Los datos de la agencia consignan que 115 personas pagaron multas en el distrito de Bayamón, que es la región judicial con el mayor número de impugnaciones. Arecibo (71) y Mayagüez (50) le siguen.
Por segunda ocasión esta semana, el Departamento de Salud no respondió preguntas de NotiCel sobre las herramientas gubernamentales para cobrar las multas por desobedecer una directriz que busca aplacar la propagación del virus. La Policía de Puerto Rico ha indicado que su obligación culmina luego de expedir el boleto, mientras que Hacienda se limita a ofrecer datos sobre el cobro de la multa.
Creado por el Departamento de Salud, el Reglamento 9210 o “Reglamento para Establecer Medidas Preventivas para el Manejo de la Pandemia y Multas Administrativas por Incumplimiento con las Mismas” fija una multa de $100 a la persona o menor que no lleve la mascarilla y de $500 al dueño del negocio que permite una dicha violación en su negocio. Establece que la persona tiene tres días para pagar la multa, de lo contrario la multa se duplica. También concede al infractor o infractora un período de 30 días para solicitar una revisión judicial.