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Coronavirus

Y las multas por mascarillas, ¿pa' cuándo?

La Policía no emite boletos esperando por procedimientos internos de Hacienda y de Salud.

El Reglamento del Departamento de Salud impone una multa de $100 a las personas que no lleven una mascarilla.
Foto: Archivo/Nahira Montcourt

El pasado 21 de agosto, el secretario del Departamento de Seguridad Pública, Pedro Janer Román, anunció que la Policía expediría una multa automática a toda persona que violara la nueva Orden Ejecutiva que obliga al uso de mascarillas, para tratar de atenuar el repunte del COVID-19 en la Isla.

Aseguró que ya no habría orientaciones y que la Uniformada multaría a los ciudadanos que no llevaran mascarilla. Punto.

Once días después, no ha pasado nada.

La Policía de Puerto Rico no ha podido multar a las personas que no usan mascarillas porque el Departamento de Hacienda y el Departamento de Salud no han completado el trámite administrativo técnico para cobrar la sanción. Según fuentes de NotiCel, el Departamento de Hacienda no ha podido terminar de elaborar el reglamento para el cobro de multas y, en consecuencia, la Policía no cuenta con el modo de imponer la multa. Tampoco cuenta con los boletos administrativos para emitir la multa.

El Departamento de Hacienda, en declaraciones escritas, reconoció la situación.

“Las áreas de informática del Departamento de Hacienda, el Departamento de Salud y el Negociado de la Policía, se encuentran trabajando en establecer mecanismos electrónicos para que los ciudadanos puedan realizar los pagos correspondientes a multas impuestas por incumplimiento con el uso de mascarillas requeridas, según el Reglamento 9210 del Departamento de Salud. Próximamente, se ofrecerán los detalles del procedimiento", señaló la agencia.

La Organización Mundial de la Salud recomienda el uso de la mascarilla como una medida de prevención para evitar el contagio con el COVID-19.
Foto: Archivo/Nahira Montcourt

El mismo día que el gobierno anunció la nueva Orden Ejecutiva, el Departamento de Salud registró un reglamento en el Departamento de Estado, que establece “que toda persona natural deberá cubrir su nariz y boca en todo momento mediante el uso de mascarilla mientras se encuentra fuera del hogar, sea en espacios cerrados o al aire libre”.

Impone una multa de $100 a la persona o menor que no lleve la multa y de $500 al dueño del negocio que permite la entrada de personas sin mascarillas. La Orden Ejecutiva de la gobernadora Wanda Vázquez Garced, que extendió el toque de queda, entró en vigor el 22 de agosto y expira el 11 de septiembre.

El reglamento también establece las facultades de la agencia y sus funcionarios para expedir multas administrativas, un lenguaje que provocó que el juez federal Gustavo Gelpí pidiera una aclaración del alcance de esa autoridad en el contexto de la Reforma de la Policía, detalla que el funcionario que expida la multa entregará al infractor una copia del boleto. El boleto tendrá la información básica del violador de la directriz, quien deberá pagarlo en un término de tres días laborables al Departamento de Hacienda.

Si la persona objeta la multa, tendría un término de 30 días para solicitar una revisión judicial como ocurre con las multas de tránsito.

Pero esa es la teoría. A falta del trámite mecánico para expedir la multa, los agentes de la Policía continúan orientando a los ciudadanos y turistas sobre las medidas de prevención para evitar el contagio con el COVID-19, que hasta el momento ha causado 434 muertes en la Isla.

Fuente: Policía de Puerto Rico
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Anoche, al cierre de esta edición, la Policía había hecho 246 denuncias incluyendo todo tipo de violaciones a la Orden Ejecutiva, pero sin multas.

El comandante Luis Santos Noriega, que el domingo patrullaba el área de Condado, explicó a NotiCel que como parte de ese intercambio con las personas que no llevan cubierta en el rostro, regalan a esos infractores una bolsa plástica que contiene una mascarilla quirúrgica y un set de guantes. Los policías solo intervienen con las personas que se resisten al uso de la cubierta. En esos casos, denuncian al presunto violador de la OE para que un tribunal adjudique la culpa y determine el monto de la infracción, que oscilaría entonces entre $100 a $5,000 si existe otro incumplimiento.

“Se está estableciendo el reglamento”, respondió sobre la razón para no emitir multas en este momento.

En declaraciones escritas, el comisionado de la Policía, Henry Escalera Rivera, confirmó el procedimiento, pero no abordó el asunto de las multas, que constituiría un proceso menos oneroso para los infractores.

"El Negociado de la Policía se mantiene haciendo valer la Orden Ejecutiva 2020-062 desde el primer día. Hemos realizado las gestiones pertinentes para contar con el personal necesario y que estos sean asignados a los sectores con mayor movimiento de público. De igual forma, se interviene con toda persona que no lleve puesta su mascarilla y, de negarse a utilizarla, es llevado ante un tribunal para continuar el proceso correspondiente”, indicó Escalera Rivera.

“Nos mantenemos en comunicación constante con otras agencias gubernamentales para unir esfuerzos y atender esta emergencia. También, trabajamos en colaboración con las policías municipales y adaptamos las diferentes iniciativas para establecer planes de trabajo en conjunto. En el caso de la zona turística, se ha aumentado el patrullaje preventivo, la cantidad de personal asignado y se llevan mensajes de orientación en inglés y español para llegar a turistas y residentes”, agregó.

Otros países como Alemania también han adoptado medidas para obligar a los ciudadanos a usar mascarillas.
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Controversia vieja

A mediados de abril pasado, cuando entró en vigor la tercera Orden Ejecutiva para prevenir el coronavirus, surgió una controversia sobre el alcance de las directrices ejecutivas luego que el secretario de asuntos públicos, Osvaldo Soto, aseguró que el uso de la mascarilla era obligatorio.

En ese momento, la División Legal de la Policía concluyó que la directriz emitida no exigía a las personas usar mascarillas de forma obligatoria cuando salieran de sus hogares. Que el lenguaje de Orden Ejecutiva solo requería el uso de esa protección en escenarios específicos como los supermercados y comercios, pero no para transitar por las calles del país.

NotiCel solicitó copia de ese análisis, pero al día de hoy no se le ha entregado ese documento público.

Esa limitación todavía existe en la Orden Ejecutiva vigente, según el licenciado Ernie Cabán, porque no establece de forma expresa que las personas deben llevar mascarilla todo el tiempo al salir de sus casas y caminar por espacios públicos y privados.

“El reglamento puede reglamentar conforme a lo que establece la Orden Ejecutiva, pero no puede añadir prohibiciones que no existen”, acentuó.

La sección primera de la Orden Ejecutiva exige la mascarilla cuando se procura servicios, acude a citas médicas o visita el supermercado. En esos contextos, las personas tienen que llevar mascarilla y mantener el distanciamiento físico.