Pierluisi convoca consulta de estatus para el día de las elecciones
Firmará una Orden Ejecutiva a esos fines. “Cuantas veces haya de votar para acabar con colonia, así lo haremos”, dijo el gobernador.
El gobernador Pedro Pierluisi ha convocado una consulta de estatus para el día de las elecciones.
Las opciones serán la estadidad, la independencia y la libre asociación con los Estados Unidos, todas alternativas no territoriales ni coloniales. La orden ejecutiva que firmará incluirá las definiciones de cada alternativa y las reglas de juego en términos del proceso de votación y recaudación de fondos para las campañas.
El gobernador había dicho que le daría tiempo al Congreso de Estados Unidos para que diera paso a una consulta vinculante relacionada al estatus, pero que también se reservaba el derecho a convocar la consulta que anunció hoy.
Dijo que, en ausencia de una acción Congresional, Puerto Rico tiene la obligación de continuar ejerciendo presión al gobierno de Estados Unidos.
“Cuantas veces haya de votar para acabar con colonia, así lo haremos”, dijo.
Cuando se le preguntó qué haría para que el resultado sea vinculante, Pierluisi afirmó que la consulta es un mecanismo para ejercer presión, reclamarle acción y dijo que nada tiene más peso que la expresión de la ciudadanía.
Dijo que el Congreso conocería el nivel de apoyo de cada una de las alternativas y aseguró que eso es relevante para los congresistas.
“Reconozco que el presente Congreso no ha actuado y que reconozco que puede darse una vista pública en el Senado… lo que estoy haciendo es totalmente consistente con lo que el Congreso está considerando y relevante a la decisión que falta que el Congreso tome”, dijo.
El gobernador afirmó que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) tiene el dinero para imprimir las papeletas requeridas, que serían cinco para cada elector.
La CEE tiene 15 días a partir de la publicación de la Orden Ejecutiva para presentar un plan de presupuesto, que incluiría una campaña educativa.
Pierluisi está facultado, a través de la Ley 165-2020, a convocar una consulta de estatus en Puerto Rico sin necesitar de intervención legislativa. En el artículo 2.1 de la ley aprobada en diciembre del 2020 y cuando ya se sabía que los populares tendrían mayoría legislativa, se indica que el gobernador podrá convocar, mediante Orden Ejecutiva, cuando así lo considere necesario:
a. Una votación o proceso electoral para hacer valer la voluntad electoral de la mayoría absoluta de los ciudadanos americanos de Puerto Rico en favor de la estadidad, según los resultados del Plebiscito de 3 de noviembre de 2020.
b. Esa facultad del Gobernador también podrá ser ejercida para convocar e instrumentar una votación cuando medie alguna petición, propuesta, respuesta o ratificación electoral relacionada con el estatus político de Puerto Rico que sea presentada o solicitada por una o ambas cámaras legislativas del Congreso, el Presidente de Estados Unidos de América o ambos.
c. El Gobernador podrá llevar a cabo una consulta electoral con una papeleta avalada por el Departamento de Justicia Federal conforme a la P.L. 113-76.
d. Una consulta para una ratificación de la voluntad del Pueblo de Puerto Rico.
e. Una votación para resolver el estatus político futuro de Puerto Rico.
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