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PFEI archiva caso contra alcalde de Humacao

Alega el Panel que se trata de un asunto administrativo, en lo cual no tiene jurisdicción.

El alcalde de Humacao, Julio Geigel Pérez.
Foto: Tomada de redes

El Panel sabre Fiscal Especial Independiente (PFEI) determinó archivar el caso del alcalde de Humacao, Julio L. Geigel Pérez, por tratarse de un asunto administrativo, se informó hoy.

Explica la resolución que, en vista de que el caso no fue referido a la Unidad de Procesamiento Administrativo Disciplinario (UPAD), el Panel está impedido de remitirlo directamente a dicha Unidad, por no tener la facultad en ley para tomar tal acción.

Este asunto se originó cuando el Departamento de Justicia (DJPR) recibió capia de una comunicación de Ángel Rodríguez Medina, presidente de la Legislatura Municipal de Humacao, dirigida al mencionado alcalde. De acuerdo con un escrito remitido al PFEI por el secretario del DJPR, Domingo Emanuelli Hernández, la misiva del presidente legislativo municipal trajo a su atención que se realizaron unas transferencias entre partidas del presupuesto. Esto, sin haber sido referidas primero y aprobadas por la Legislatura Municipal, lo cual omitió el alcalde, y por consiguiente, éstas fueron nulas.

Planteó, además, que ese cuerpo legislativo recibió varias órdenes ejecutivas con posterioridad al término de cinco días requeridos para hacer su entrega, previa a su consideración, según dispuesto en la ley.

Con esta información, el secretario expuso en su carta al Panel que del examen de las alegaciones, puede colegirse que se trata de asuntos de índole administrativo. Y que, tras analizar el derecho aplicable, concluyó que existe ausencia de prueba que cumpla con las disposiciones de los artículos 4 y 8 de la Ley 2-1988 (PFEI). En vista de ello, notificó al Panel que no comenzaría una investigación sobre las alegaciones presentadas.

En su resolución, el Panel expresó que, “ante la situación particular que presenta este asunto, nos parece prudente referirlo a la Oficina de Ética Gubernamental (CEO), para que se determine si el alcalde Geigel Pérez incurrió o no en conducta violatoria de la Ley de tica Gubernamental”.

Conforme a lo antes expuesto, el Panel determinó que procede el archivo de este asunto en el ámbito penal, sin menoscabo de ordenar su referido a la CEO.