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Defensa de Jensen Medina reclama juicio por jurado tras decisión del Supremo federal

Había renunciado a ese derecho.

La defensa del cerrajero Jensen Medina Cardona reclamó ayer su derecho a un juicio por jurado amparado en la nueva jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo federal, que instauró los veredictos unánimes.

El pasado 13 de enero, el hombre acusado por el asesinato de Arellys Mercado Ríos renunció a ser juzgado por sus pares. Al día siguiente, inició el juicio por tribunal de derecho ante la jueza Gema González Rodríguez, del Tribunal de Fajardo. Pero el proceso judicial quedó interrumpido inicialmente por reclamos de la defensa y posteriormente por la cuarentena impuesta por la pandemia del COVID-19.

Ayer, los abogados Jorge Gordon Menéndez, Orlando Cameron Gordon y Jorge Gordon Pujol presentaron una moción solicitando a la jueza González Rodríguez que revierta esa decisión porque su representado renunció a ese derecho basado en información ahora inválida a la luz de la opinión federal.

El 20 de abril el Supremo federal anuló los veredictos por votación mayoritaria e instituyó los veredictos unánimes. Pero limitó su decisión a los casos que no cuentan con una sentencia final y firme. El 8 de mayo el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoció el efecto de esa opinión sobre la isla.

De inmediato, abogados y juristas argumentaron que esta decisión también se extendía a acusados como Medina Cardona, quien había renunciado a ese derecho y cuyo juicio estaba en proceso.

En la "Moción sobre Restitución del Derecho Constitucional al Juicio por Jurado, los abogados del cerrajero argumentaron que esa decisión de renunciar al juicio por jurado estuvo predicada sobre información defectuosa.

"Esas instrucciones patentemente erróneas e inconstitucionales acarrean la existencia de un error estructural grave y de patente intensidad en la renuncia al derecho a juicio por jurado al que fue sometido el peticionario, a la luz de la normativa constitucional establecida en Ramos v. Louisiana y adoptada inmediatamente en nuestra jurisdicción en Pueblo v. Torres Rivera", apuntaron los abogados.

"Este grave error constitucional consiste en que la Hon. Jueza de Instancia advirtió personalmente al peticionario en corte abierta, durante el proceso de renuncia a su derecho a juicio por jurado, que no se requería un veredicto unánime por parte del jurado para encontrarlo culpable. Como puede observarse, tales afirmaciones en el aludido documento judicial contravienen directamente la Enmienda Sexta de la Constitución federal según ha sido interpretada en Ramos v. Louisiana y Pueblo v. Torres Rivera", agregaron.

Los abogados insistieron en que la información ofrecida a Medina Cardona estuvo plagada de errores constitucionales que afectaron "la toma de una decisión informada e inteligente" como lo exigen las propias reglas que la jueza informó al acusado al momento de la renuncia.

Así las cosas, solicitaron a la jueza que devuelva el proceso al momento de la toma de la decisión o etapa de selección de jurado.

Poco después de recibir la moción, la jueza González Rodríguez concedió cinco días al Ministerio Público para que exprese su posición ante la petición.

El juicio contra Medina Cardona debía reanudarse el 26 de agosto. Enfrenta un cargo de asesinato en primer grado y dos violaciones a la Ley de Armas por la muerte Mercado Ríos, ocurrida el 18 de agosto de 2019 en el muelle de Villa Marina Boulevard, en Fajardo.

Mira la moción aquí.

PDF: Moción Sobre Restitución del Derecho Constitucional a Juicio por Jurado.pdf