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Apelativo confirma descalificación de exfiscal Parra en caso que acudió como abogada de defensa

La determinación es extensiva al Bufete para el que trabaja.

La exfiscal Janet Parra Mercado.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El Tribunal de Apelaciones confirmó la descalificación de la exfiscal Janet Parra Mercado y al bufete para el que trabaja de un proceso criminal en el que compareció como abogada de defensa.

El panel apelativo, compuesto por la jueza Olga E. Birriel Cardona y los jueces Germán Bonilla Ortiz y Ángel Pagán Ocasio, refrendó la determinación del juez superior Martín Ramos Junquera, luego de que el Ministerio Público pidiera la descalificación de Parra Mercado por entender que su posición como directora de la División de Investigaciones contra el Crimen Organizado del Departamento de Justicia (DJ) hasta hace unos meses, pudo haberle allegado información privilegiada sobre el caso que ahora pretendía atender como defensa.

Parra Mercado se unió al bufete del licenciado Edwin Prado Galarza tras su salida del DJ y representó a Elisamuel Lazú Abreu por participar, junto a otros imputados, en un caso de asesinato.

Ambos acudieron al apelativo para solicitar una revisión de la determinación del Tribunal Superior.

“Luego de analizar la totalidad del legajo apelativo, con especial énfasis en el estudio de la Resolución Enmendada recurrida y las determinaciones de hechos formuladas por el foro primario… coincidimos en que procedía la descalificación de los peticionarios. Ello, fundamentado en que, en efecto, avalar la representación legal impugnada, no solo violenta los cánones 21 -en la modalidad de representación sucesiva adversa- y 38 del Código de ética Profesional, en el caso de la licenciada Parra, sino que el conflicto se extiende al licenciado Prado y los bufetes comparecientes, bajo la presunción de confidencias compartidas”, sostiene la resolución del Apelativo.

En su determinación, el panel apelativo enfatiza que ello no significa que Parra Mercado esté impedida de asumir la representación legal de otros clientes por su trasfondo profesional como Fiscal Auxiliar en el Departamento de Justicia o como directora de la División de Crimen Organizado.

“Ahora bien, y de igual modo, tampoco nos cabe duda de que los imperativos éticos consignados en los Cánones 21 y 38 de Ética Profesional le impiden a la licenciada Parra asumir la representación legal de clientes a quienes se les impute o acuse de haber estado involucrados en hechos que hayan sido objeto de investigaciones que dirigió, supervisó o de las cuales participó en el descargo de sus funciones mientras formó parte del Departamento de Justicia. Ello tiene el resultado irrefutable de configurar un conflicto de interés por representación sucesiva adversa”, sentenció.

La resolución, además, dejó sin efecto la orden de paralización de los procedimientos y ordena la celebración de la vista preliminar contra los imputados a la mayor brevedad posible.

Vea aquí el documento del Tribunal Apelativo:

PDF: Documento Apelativo.pdf