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Ya es ley medida que facilita reducción de sentencias a convictos cooperadores

La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó una enmienda a las Reglas de Procedimiento Criminal, que dijo tiene el propósito de aumentar el esclarecimiento de casos.

Las reglas que rigen el proceso de imposición de sentencia limitaban estos ajustes.
Foto: Archivo/ EFE

La gobernadora Wanda Vázquez Garced convirtió en ley hoy una enmienda a la Regla 185 de Procedimiento Criminal que permite modificar la sentencia más allá de la mitad de la pena establecida en el caso de un convicto que coopere en una investigación o proceso criminal.

Esta directriz solo permitía un ajuste menor a la mitad de la pena.

“La alta incidencia de crímenes violentos trastoca la paz y seguridad de nuestro pueblo. Lamentablemente, muchos de estos casos quedan impunes porque no se logran esclarecer por la falta de testigos necesarios para poder probar los delitos en los tribunales más allá de duda razonable. Es por esto que la alternativa de modificación de sentencias es una manera efectiva de estimular la cooperación de convictos sentenciados para agilizar el acceso a la información y evidencia que les permita someter cargos y prevalecer en los tribunales en contra de los delincuentes”, expresó la primera mandataria en un comunicado de prensa.

Explicó que contrario a otras jurisdicciones y al Gobierno Federal, nuestro ordenamiento jurídico prohíbe de manera absoluta que se reduzca una sentencia más allá de la mitad, aún en los casos de colaboración sustancial de un participante o convicto. Esto en ocasiones constituye un obstáculo para el proceso de negociación.

El Ministerio Público está impedido de solicitar mejores términos, aun cuando la cooperación ofrecida por el participante o convicto sea sustancial y pudiera, incluso, desarticular organizaciones criminales que por años han sembrado el desasosiego de sociedad puertorriqueña, lo cual ha evitado que co-participantes convictos se animen a delatar a los autores de delitos.

“Somos conscientes de que las vidas de estos testigos corren peligro cuando deciden participar activamente en el procesamiento criminal de otra persona, y estimando el valor y calidad de la información suministrada, consideramos meritorio incentivar de forma adecuada su cooperación igual que se hace en la jurisdicción federal”, añadió Vázquez Garced.

Según estadísticas del Negociado Federal de Investigaciones Criminales, (FBI, por sus siglas en inglés), la tasa de esclarecimiento de crímenes violentos a nivel federal relacionados a asesinatos para el 2018 superó el 60 por ciento y, en el caso de las agresiones agravadas, el 50 por ciento, contrario con la tasa de esclarecimiento de asesinatos en Puerto Rico, la cual para el 2018 fue de un 23 por ciento.

Tan reciente como en el 2018, la jurisdicción de Virginia, adoptó la ley de reducción de sentencias a convictos cooperadores, sin limitación a la reducción de la pena y desde entonces, éste se ha convertido en uno de los estados más seguros de los Estados Unidos.

Vázquez Garced explicó, “tomando como referencia el estatuto de Virginia, delimitamos el análisis aplicable a la modificación en términos de la naturaleza, alcance y utilidad de la asistencia brindada por el convicto-cooperador, así como la suficiencia y veracidad de la información ofrecida".

Apuntó que el Ministerio Público tiene que velar por el cumplimiento a la Ley Núm. 22 de 22 de abril de 1988, según enmendada, conocida como la "Carta de Derechos de las Víctimas y Testigos de Delito” y la Ley Núm. 77 de 9 de julio de 1986, según enmendada. Ello, en aras de que tanto las víctimas, testigos, testigos potenciales y los familiares o allegados de estos, se le salvaguarden los derechos pertinentes.

Apuntaló que esta medida cobra aun más relevancia, luego que en estos días el Tribunal Supremo de Puerto Rico dictaminara que la exigencia de los veredictos unánimes en los casos penales por delitos graves pautada recientemente por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso de Ramos v. Louisiana, aplica a Puerto Rico. Previo a esto, la norma en la isla permitía convicciones 9 a 3, lo que significa que el Ministerio Público debe poder convencer a los doce miembros del jurado sin excepción, lo que se pudiera facilitar con las herramientas que esta medida hoy convierte en Ley.

“El Estado debe contar con herramientas adecuadas que le permitan enfrentar la lucha incansable contra la criminalidad, por lo que con la colaboración sustancial de un participante, podríamos esclarecer mayor cantidad de casos”, concluyó.