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Legislatura

Adelanta proyecto que ordena vistas adjudicativas por videoconferencias

El Proyecto del Senado 730 enmienda la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, y además dispone la adopción o enmiendas a la reglamentación aplicable para el cumplimiento de ese objetivo.

Un proyecto senatorial que propone que la primera opción para celebrar vistas adjudicativas en el gobierno de Puerto Rico sea a través del mecanismo de videoconferencia avanzó en la Cámara de Representantes al recibir el aval unánime de su Comisión de Gobierno.

El Proyecto del Senado 730 enmienda la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, y además de ordenar dicha política, dispone la adopción o enmiendas a la reglamentación aplicable para el cumplimiento de ese objetivo.

Establece específicamente la medida que “la agencia que lleve a cabo vistas como parte del proceso adjudicativo administrativo, establecerá mediante reglamento como primera opción la celebración de las mismas utilizando el mecanismo de videoconferencia, siempre que las partes afirmen que cuentan con la facilidad de acceso y conectividad”.

Otorga discreción al funcionario que presida la vista, que deberá evaluar la complejidad del caso; la 10 vista a celebrarse; la prueba a presentarse, y las circunstancias personales de las partes, para determinar si se celebra la misma mediante la modalidad de videoconferencia.

Establece además que la agencia administrativa, está obligada a salvaguardar los derechos de las partes que no tengan acceso a medios electrónicos y proveerá alternativas para su comparecencia a las vistas de forma física. .

La Comisión de Gobierno de la Cámara, que aprobó este proyecto con votación de 12-0, también avaló con la misma votación un proyecto cameral que exime a los auditores de la Administración de Vivienda Pública (AVP) de ser transferidos a la Oficina del Inspector General.

EL Proyecto de la Cámara 1442 propone enmendar la “Ley del Inspector General de Puerto Rico” para eximir de la transferencia a la Oficina del Inspector General a los Auditores de la Oficina de Reglamentación y Cumplimiento de la Administración de Vivienda Pública.

En la exposición de motivos de la medida se recuerda que la Ley que creó la Oficina del Inspector General de Puerto Rico (OIG) en el 2017 ordenó transferir a la misma el personal, propiedades, materiales, expedientes, etc. de las unidades, divisiones u otros componentes relacionados con la auditoría interna de las entidades gubernamentales a las que le aplicaría la ley.

Se establece además que, posterior a su aprobación, fue necesario excluir de su aplicación a los auditores internos de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, y la Unidad de Auditoria de la Autoridad de Carreteras.

“De manera similar, las posiciones de los Auditores Internos de la Oficina de Reglamentación y Cumplimiento de la Administración de Vivienda Pública (AVP) son requeridas para permanecer en dicha Agencia Pública como parte de los requisitos del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda Federal (HUD)”, agrega.

Indican además que la nueva estructura organizativa de la AVP incluye la Oficina del Auditor Interno y que dicha entidad ha desarrollado esta política, “que es cónsona con leyes federales y que representa su mejor interés y el de los residentes de Vivienda pública”.