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Colegio de Abogados y Abogadas demanda por nueva Ley 52

Alegan que uno de los artículos de la ley representa "un costo oneroso a la ciudadanía".

Luego de que el gobernador, Pedro R. Pierluisi Urrutia firmara la nueva Ley 52-2022, que modifica el marco tributario relacionado al impuesto a las foráneas, el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR) demandó y solicitó un Interdicto Provisional y Permanente sobre la Nulidad del Artículo 86 de la Ley 52-2022 que enmienda el Artículo 11 de la Ley Notarial.

Según detalló la licenciada Daisy Calcaño López, presidenta del CAAPR, el artículo 86 de la medida dispone que, en toda transacción de compraventa, donación, cesión, permuta, traslado, segregación y agrupación, se requiera una tasación de la propiedad inmueble realizada por un tasador licenciado, estudio de título y un plano de mensura.

Esta movida tiene el efecto de imponer "un costo oneroso a la ciudadanía que desea vender su propiedad y se ve obligada a contratar un agrimensor y un tasador. Más aun, trastoca inclusive a municipios y al Departamento de Vivienda cuando otorga las escrituras de viviendas y solares de interés social, dación en pago, permuta, estipulaciones transaccionales, ventas judiciales, etc".

"Sin lugar a duda, una enmienda de esta naturaleza incluida en la etapa de conferencia entre los dos cuerpos legislativos, sin informarlo a la ciudadanía, a los y las afectados, es una práctica lesiva que va en detrimento al sano ejercicio de la democracia”, recalcó Calcaño López.

La Junta de Gobierno del CAAPR aprobó mediante votación por referéndum la presentación de la Demanda y petición de Interdicto Provisional y Permanente sobre la Nulidad de este artículo.

Pulsa aquí para ver la demanda.

PDF: DEMANDA CAAPR V. ELA.pdf