Salinas concreta la regulación del "voceteo" y esto es lo que debes saber
Te explicamos lo que contiene la legislación municipal.
El municipio de Salinas, y su alcaldesa, Karilyn Bonilla Colón, han estado en el ojo público desde hace semanas debido a una Ordenanza Municipal que regula la llamada práctica del "voceteo".
Tras quejas por multas que se podrían expedir por esa práctica y peticiones de más apertura, finalmente esta semana la Legislatura Municipal aprobó una medida a esos fines.
Te explicamos lo que contiene a continuación:
- ¿Qué se prohíbe específicamente?
La medida establece que "ninguna persona" podrá utilizar aparatos que "cree o amplifique sonidos"... cuando dicho sonido "sea mayor al nivel de sonido promedio de una conversación entre dos personas a una distancia de 20 pies o más".
- ¿La medida excluye de algún modo a alguien?
Sí, excluye a las personas o grupos que estén participando de "una asamblea de pueblo, paradas, eventos deportivos, religiosos o culturales". Aunque establece que algunos de esos eventos requerirán "permisos". Las iglesias, por ejemplo, están exentas "de domingo a jueves hasta las 10:00 de la noche" y viernes y sábado "hasta las 12:00 de la madrugada". La medida también permitirá competencias de voceteo, aunque no denomina particularmente, qué se cataloga como competencia. Lo que sí establece es que las competencias se realizarán en una "pista de carrera".
- ¿Cómo operarán las denominadas guaguas de sonido?
La medida permite la operación de las guaguas de sonido, aunque establece que tendrán que operar, únicamente, después de las 6:00 de la mañana y "siempre y cuando no exceda los 30 minutos de duración".
- ¿Qué pasa con las maquinarias que también hacen mucho ruido?
La medida también regula las máquinas que hacen ruido y por ejemplo, trabajan para reparar o demoler alguna construcción. Estas no podrán operar entre 8:00 de la noche a 7:00 de la mañana.
- ¿Qué pasa si violas el reglamento?
La primera infracción establecerá una multa de $500 y la segunda, una de $1,000.