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Estas son las reglas de la Orden Ejecutiva para hacer ejercicio

El DRD emitió una nueva Carta Circular.

La secretaria del Departamento de Recreación y Deportes (DRD), Adriana Sánchez Parés, emitió la Carta Circular 2020-009 con las nuevas reglas y normas aplicables a toda persona que realice actividades recreativas y deportivas a partir del 12 de septiembre hasta el 2 de octubre.

“Con esta nueva orden autorizamos los entrenamientos grupales, los circuitos de aventura (zip lines), la reapertura de los gimnasios y las piscinas a un 25%. Sin embargo, se mantiene la directriz del entrenamiento individualizado, sin contacto físico, manteniendo en todo momento de seis a nueve pies de distancia entre participante y, en la medida que el deporte lo permita, el uso de la mascarilla”, informó Sánchez Parés.

En esta nueva orden, se autorizan los entrenamientos deportivos grupales de un máximo de seis participantes con un entrenador por cancha o instalación deportiva, llevando a cabo ejercicios de manera individual y sin contacto físico, tanto para adultos como menores de edad. Esto aplica a todos los deportes, incluyendo los de combate y artes marciales mixtas. De igual manera, se autoriza el uso de las piscinas a un 25% de su capacidad de diseño.

Asimismo, enfatizó que “las actividades competitivas, ya sean profesional o no profesional, están prohibidas. Cualquier solicitud al respecto deberá recibir autorización del Secretario de la Gobernación”.

Los entrenamientos autorizados deberán realizarse en el horario permitido de 5:00 de la mañana a 10:00 de la noche, de lunes a domingo.

En el caso de los atletas de alto rendimiento, podrán reiniciar sus entrenamientos grupales con un máximo de seis atletas, un entrenador, un asistente de entrenador, un preparador físico y un médico o terapista, manteniendo en todo momento los seis pies de distancia.

“Al igual que en las cartas emitidas anteriormente, toda aquella entidad u organización que interese realizar las prácticas que se autorizan en esta orden, debe registrarse y presentar su protocolo de protección contra el COVID-19 actualizado en el portal ELMARCADOR antes del reinicio de sus actividades. De no ser así, no podrán operar hasta que no estén debidamente autorizados por el Departamento”, sostuvo la secretaria.

“Le recordamos a nuestra comunidad deportiva que el incumplimiento de las disposiciones emitidas en la Orden Ejecutiva, así como en la Carta Circular, acarrea imposición de sanciones penales o multas”, concluyó.