Quiénes se salvan de la 'Doctrina del Castillo'
Luego de que el gobernador Ricardo Rosselló Nevares convirtiera en ley el proyecto senatorial conocido como la 'Doctrina del Castillo', que da paso a que las personas tomen acciones para defenderse contra cualquier individuo que invada su propiedad, incluyendo matar, las reacciones a favor y en contra no se hicieron esperar.
Resumimos algunas curiosidades que enmarcan la pieza legislativa y que detallan su aplicación:
1. No será condenado el daño o la muerte a un ser humano que robe o intente robar algún animal que este transportando a la persona que ocasione el daño. 'Vehículo significará tambien todo artefacto o animal en el cual o por medio del cual cualquier persona o propiedad sea o puede ser transportada', expone la medida.
2. No solo podrás defender tu morada y tus bienes, sino que la ley te exime de responsabilidad cuando, por defender a otros, ocasiones un daño inminente o mates a un individuo. 'No incurre en responsabilidad penal quien defiende su persona, su morada, sus bienes o derechos, o la persona, morada, bienes o derechos de otros en circunstancias que hicieren creer razonablemente que se ha de sufrir un daño inminente', reza la medida.
3. Si la persona que entró a alguna morada es menor de edad, estas consesiones no serán aplicables.
4. Tampoco aplicará la ley si se le causa la muerte a un funcionario del orden público.
5. La medida exime tambien de responsabilidad a cualquier ciudadano que causara daño o mate a otro por 'creer' que el mismo representa una amenaza para su 'morada' o 'vehículos'. En esta ocasión se relevará de responsabilidad penal y civil si 'el actor sabía o tenía razón para creer que la persona contra quien se usó la fuerza o violencia penetró ilegalmente, o intentaba penetrar ilegalmente, al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a quien el actor protege'.
Esta medida entrará en vigor 30 días despues de la firma de Rosselló Nevares, concretada el martes.