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Legislatura

Aval a crear la Carta Derechos a Víctimas de Violencia Doméstica

La medida fue aprobada por la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes con ocho votos a favor y sin oposición.

La Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes dio paso a una legislación que propone crear la “Carta de Derechos para las Personas Víctimas de Violencia Doméstica” por lo que la medida pasa ahora al pleno del cuerpo para su consideración.

El P. de la C. 1546 fue aprobado con ocho votos a favor y sin oposición, y sostiene que “ante el creciente número de casos de violencia doméstica, se hace imperativo establecer una Carta de Derechos de las Víctimas de Violencia Doméstica, que claramente establezca los derechos que hay que salvaguardarle a las víctimas de violencia doméstica”.

Se describe la propuesta como “un paso de avanzada en la protección a las víctimas/sobrevivientes de esta grave situación que aqueja nuestra sociedad”.

Entre los derechos que se reconocen en esta medida están el de “una vida libre de violencia”, y a la “asistencia y protección integral”. En este último se plantea que el Estado tiene la responsabilidad de destinar los recursos humanos especializados, el presupuesto y todos aquellos servicios que tiene a su disposición, para detectar, atender, proteger y reparar los agravios a los cuales ha sido sometida cada víctima de violencia doméstica.

Le debe además garantizar el derecho al acceso a la información, acceso a la justicia, a su atención integral y a la asistencia social.

Reconoce además sus derechos en el ámbito de la educación y en el ámbito laboral, en el que se dispone que tiene que continuar trabajando, “sin que se vea afectada o afectado en su centro laboral producto de los actos de violencia doméstica a los que se le sometió”.

En el ámbito judicial se establece el derecho a conocer sobre los procesos; a poder dar inicio a la acción penal; a que sus denuncias sean investigada; solicitar una orden de protección; asistencia del ministerio público y a participar en los procesos.

En esa misma linea se resaltan los derechos a que los procesos judiciales sean ágiles; a que se preserve su dignidad durante los procedimientos; solicitar la reparación de agravios; a que se le provean los acomodos que necesite; y el derecho a la protección.

“Tienen derecho a estar libres de intimidación, acoso y abuso durante todos los procesos a los cuales se enfrenten”, sostiene el proyecto.

En su sección de derechos a su protección incluyen la protección de su intimidad; a la confidencialidad; la protección de su trabajo; la protección de sus hijos e hijas, el derecho a estar informada de los servicios que tienen a su disposición y a conocer sobre la concesión de permisos para salir de instituciones penales o de centros de tratamientos públicos o privados, así como de la concesión de libertad bajo palabra de la parte agresora.

Las victimas de violencia doméstica tienen además el derecho a exigir que se cumpla con los derechos que reconocidos en esta Carta, mientras que al Estado se le impone la responsabilidad de “adoptar todas las medidas necesarias para dar fiel cumplimiento a esta Carta de Derechos y a proveer los medios para garantizar la efectividad, así como el pleno respeto de los derechos aquí reconocidos”.

Proyecto crearía Certificación escolar contra violencia de género

La misma Comisión de Asuntos de la Mujer avaló otra medida, el P de la C 1566, que ordena a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, en conjunto con el Departamento de Educación, a crear la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Género.

La medida ordena específicamente a las mencionadas agencias “adiestrar y certificar a los jóvenes en temas de violencia doméstica y de género para que puedan impactar a los demás miembros de la comunidad escolar mediante charlas educativas en contra de este tipo de conducta”.

Estas deberán diseñar el currículo de adiestramientos, garantizando que se mantengan los estándares de calidad del contenido de los mismos. Estos, se dispone, deben constar de un mínimo de quince (15) horas contacto con los estudiantes.

“Una vez los estudiantes que sean adiestrados y completen satisfactoriamente los adiestramientos establecidos, la Oficina de la Procuradora de la Mujer (OPM) expedirá la certificación que acredita que el estudiante esta apto y preparado para poder difundir charlas sobre la violencia doméstica, violencia en el noviazgo y de género”, indica.

Por su parte, agrega, “el Departamento de Educación, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26-2009, según enmendada, conocida como “Ley del Proyecto de Servicio Comunitario Estudiantil”, validará como horas de labor comunitaria el tiempo que los jóvenes adiestrados y certificados por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, que hayan ofrecido conferencias o charlas educativas a jóvenes de su comunidad escolar sobre violencia doméstica y de género”.