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Legislatura

Sin oposición el proyecto para aclarar los empleados que cualifican para teletrabajo

La medida es evaluada en vistas públicas por la Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno de la Cámara.

Un proyecto de ley que propone aclarar la definición de los empleados en el gobierno que pueden beneficiarse del teletrabajo, e incluir específicamente a los trabajadores que son oficiales u organizadores de uniones obreras, no enfrentó oposición gubernamental y tuvo el endoso, con enmiendas, de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH).

La medida en cuestión es el Proyecto de la Cámara 1540 y es evaluada en vistas públicas por la Comisión de Asuntos Laborales y Transformación del Sistema de Pensiones para un Retiro Digno de la Cámara.

“La OATRH considera que si un oficial o representante de una unión interesa, voluntariamente, solicitar participar del programa de teletrabajo de su agencia y el puesto que ocupa se determina como elegible para teletrabajar, su rol como representante de una unión no debe ser impedimento para que se le evalúe como posible teletrabajador”, sostuvo la agencia en una ponencia firmada por el director interino, Gustavo Cartagena.

Aclaró que “ello siempre y cuando las funciones de su puesto provean para tal escenario y a tenor con las necesidades de las entidades públicas”.

La agencia presentó varias recomendaciones para enmendar el lenguaje de la propuesta legislativa y mejorar su alcance. “De oportunamente proceder a evaluar una solicitud para teletrabajar, en los casos que el puesto y funciones sean elegibles, la petición no debe ser rechazada por el solo hecho de que el empleado es un oficial o representantes de la unión”, afirmó la agencia.

Por su parte el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) recomendó “evaluar la pertinencia de mantener en una categoría especial a los oficiales u organizadores de uniones obreras dentro de la definición de “empleado” de la Ley Núm. 36-2020 y considerar eliminar del todo dicho lenguaje”.

En ponencia firmada por el Secretario Gabriel Maldonado-González, la agencia estableció que entienden que de todas formas el estatuto le aplica a los oficiales u organizadores de uniones obreras que tengan a su vez un puesto en el sector público mas no así en cuanto a sus funciones frente a la unión obrera.

La Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), coincidieron en que la medida no tiene impacto fiscal.