Aval cameral para que la Alerta Ashanti cobije a mayores de 18 años
El proyecto indicó que la ley requiere ser enmendada ya que creó confusión entre las personas y da a entender que las personas de 18 años no cualifican para la alerta.
La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó, en sesión ordinaria, una medida que pretende enmendar la Ley 1-2021, conocida como “Ley Habilitadora para implementar el Plan de Alerta Ashanti”, para aclarar que la alerta aplica a personas de 18 años o más.
El Proyecto de la Cámara 1107 (P. de la C. 1107) se aprobó con 44 votos a favor y ninguno en contra. La Alerta Ashanti se activa al desaparecer una persona mayor de 18 años que “sufre de discapacidad física o mental comprobada". También, aplica en circunstancias que la seguridad física del adulto desaparecido pueda estar comprometida o que la desaparición del adulto haya sido involuntaria como en un secuestro.
Según la medida, se identificó un error técnico al momento de interpretar la Ley 1-2021 porque el estatuto indica que su aplicabilidad es para mayores de 18 años. Asimismo, la ley creó confusión entre las personas, ya que puede dar a entender que las personas de 18 años no cualifican para la alerta
El P. de la C. 1107 ofreció como ejemplo, en la exposición de motivos, que el 23 de septiembre de 2021, se reportó como desaparecido un joven de 18 años residente en Yabucoa. Este joven fue visto por última vez el 12 de septiembre de 2021. Sin embargo, no se activó la alerta por no cumplir con los criterios de edad.
En Puerto Rico, aparte de la Alerta Ashanti, existen tres alertas adicionales: Alerta Rosa, Alerta Silver y Alerta Amber.
La Alerta Rosa está bajo la Ley 149-2019, conocida como “Ley Habilitadora para establecer el Plan Rosa”, que se emplea para la protección de las mujeres de 18 años o más que estén desaparecidas o hayan sido secuestradas.
Mientras que, la Alerta Silver está bajo la Ley 132-2009, conocida como “Ley Habilitadora para implantar el Plan de Alerta Silver”, que se activa al desaparecer o desconocer el paradero de adultos mayores de 60 años con condiciones de Alzheimer u otras formas de demencia.
Por otro lado, la Alerta Amber se activa al momento que un menor de 18 años ha sido secuestrado o ilegalmente privado de su libertad. Esta alerta está cobijada bajo la Ley 70-2008, conocida como “Ley Habilitadora para Desarrollar el Plan Amber”.
“Esta Asamblea Legislativa entiende meritorio que se enmiende la Ley, asegurando de esta manera que en Puerto Rico no queden excluidos de la Alerta Ashanti los varones de 18 años”, expuso la medida.
Se espera que la medida pase a La Fortaleza para la aprobación del gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi Urrutia.
Vea:
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