Aprueban medida para autorizar al médico primario en servicios de salud mental
El proyecto se aprobó en “markup session”, y se espera que pase a discusión en el hemiciclo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico
En vista de consideración final, la Cámara de Representantes aprobó una medida para autorizar e integrar la figura del médico primario en el plan de tratamiento multidisciplinario de los servicios de salud mental en Puerto Rico.
El Proyecto de la Cámara 837 (P. de la C. 837), de la autoría del representante José Torres Zamora, se aprobó con seis votos a favor. La votación se efectuó ante la Comisión de Salud, presidida por la representante Sol Higgins Cuadrado.
La medida pretende enmendar la Ley 408-2000, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”, y estableció que la intervención o la injerencia del médico primario en el plan de tratamiento de una persona que reciba los servicios de salud mental es vital para la recuperación o estabilización de sintomatología aguda o crónica.
“La ausencia de información y, por ende, la no participación en el plan de tratamiento por parte de este proveedor ha implicado. En gran parte de los casos la complicación en el cuidado de la salud de esta población. Por tal razón, en la práctica, se ha vuelto imperativo que el médico primario forme parte del equipo multidisciplinario de los servicios de salud mental, que tenga participación activa en el plan de tratamiento del paciente y que el intercambio de información clínica entre el equipo multidisciplinario ocurra de forma rutinaria sin limitaciones o restricciones al médico primario, que realmente es una parte fundamental en el tratamiento y la relación médico-paciente”, planteó el P. de la C. 837.
En el proyecto se utilizó como ejemplo que, por la pandemia del Covid-19, y por la interrupción de los servicios que requieren los pacientes, se ha verificado un alza en las condiciones de salud mental en la isla.
Según un estudio citado en el P. de la C. 837, el 39% de los consultados en Estados Unidos sufrió ansiedad severa a moderada desde que inició la pandemia. Esta cifra excede en un 11% a los datos reflejados en Estados Unidos.
Por otro lado, durante el “markup session” también se aprobó el Proyecto del Senado 919 (P. del S. 919). Esta medida obtuvo seis votos a favor.
El P. del S. 919 pretende enmendar la Ley 296-2002, conocida como “Ley de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico” para que el patólogo, patólogo forense, oftalmólogo, cirujano o sus ayudantes puedan disponer de los cadáveres bajo la jurisdicción del Estado para remover las siguientes: córneas, glándulas, órganos, tejidos, u otras partes. Estas partes serían entregadas a la Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos Humanos.
De acuerdo con los datos del United States Census Bureau 2019, las personas con diversidad funcional en la isla ascienden a 706,071 personas. Asimismo, la medida indicó que, de este grupo de personas, 211,395 padecen de condiciones visuales. Por esta razón, la medida resaltó la importancia de que se apruebe la pieza legislativa.
De igual manera, según los datos de la Asociación Americana de Bancos de Ojos (EBAA, por sus siglas en inglés), el procedimiento de trasplante de córnea tiene una efectividad del 95% para mejorar la visión y aliviar el dolor.
La medida fue radicada el 14 de junio de 2022 y referida a la Comisión de Salud el 10 de junio del mismo año. Posteriormente, el proyecto fue aprobado por el Senado de Puerto Rico el 9 de enero de 2023 con 24 votos a favor, y tres ausentes.
Se espera que ambas medidas pasen a discusión en el hemiciclo de la Cámara.