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Lentitud en avance de energía renovable provoca investigación del NEPR

Se investigarán todos los procesos relacionados con el Tramo 1, que es la primera fase del plan ya aprobado por el ente regulador.

El presidente del Negociado de Energía de Puerto Rico, Edison Avilés-Deliz.
Foto: Archivo

La lentitud conque se está moviendo la cartera de energía renovable en Puerto Rico provocó que el Negociado de Energía (NEPR) ordenara una “investigación abarcadora” de todos los procesos relacionados con el Tramo 1, que es la primera fase del plan ya aprobado por el ente regulador.

“En atención a que los retrasos asociados al Tramo 1 de proyectos de energía renovable y almacenamiento podrían incidir en las metas legales a corto, mediano y largo plazo, conocidas como la Cartera de Energía Renovable, y siendo la entidad encargada de fiscalizar y asegurar el cumplimiento con la Cartera de Energía Renovable, el Negociado de Energía determina que es necesario realizar una investigación abarcadora de todos los procesos relacionados al Tramo 1, incluyendo a los funcionarios de la Autoridad de Energía Eléctrica y/o de cualquier otra compañía de servicio eléctrico que de alguna manera u otra participaron y/o tomaron decisiones respecto al Tramo 1”, dice la Resolución y Orden aprobada por el NEPR .

El presidente del Negociado, Edison Avilés-Deliz, explicó que “el Negociado de Energía, mediante el plan integrado de recursos, un proceso adjudicativo y con participación ciudadana, trazó la ruta para alcanzar las metas de la Cartera de Energía Renovable que la política pública energética de Puerto Rico requiere”.

El documento emitido por el regulador indica que “el plan de acción para lograr obtener la energía renovable necesaria se basa en un proceso competitivo para la adquisición de energía dividido en seis Tramos dentro de un periodo de tres años. El primer tramo comenzó el 22 de febrero de 2021 y aún no ha finalizado”.

Se informó que el Negociado de Energía delegó al Lcdo. Gerardo A. Flores la referida investigación. Este, se indicó, tendrá la facultad de administrar juramentos y tomar deposiciones; emitir citaciones; recibir y evaluar documentos; presidir las vistas; celebrar conferencias para simplificar los procedimientos; y utilizar los mecanismos dispuestos en el Artículo XV del Reglamento 8543 para llevar a cabo la investigación.

“La delegación de la referida investigación al Lcdo. Gerardo A. Flores permanecerá vigente hasta tanto el Negociado de Energía determine lo contrario. El Pleno del Negociado de Energía emitirá el informe final de la investigación, de acuerdo con las disposiciones de la Sección 15.07 del Reglamento 8543”, concluyó el presidente.