Gobernador convierte en ley la carrera magisterial
El Proyecto del Senado 573 devuelve derechos salariales a los maestros del sistema de educación pública que obtengan una maestría o un doctorado.
El gobernador Pedro Rafael Pierluisi Urrutia, convirtió en ley el martes, el Proyecto del Senado 573 que devuelve derechos salariales a los maestros del sistema de educación pública que obtengan una maestría o un doctorado.
Además, ordena al Departamento de Educación (DE) y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), identificar 4,367,736 dólares provenientes del Fondo General para cubrir en o antes de que culmine el presente año fiscal los pagos adeudados correspondientes al periodo que precede al año fiscal 2014-2015 conforme a la Ley de Carrera Magisterial de 1999.
“Mi compromiso con el magisterio va más allá de palabras y se confirma con acciones. Desde que juré al cargo de gobernador he tenido como norte defender la educación pública de nuestra Isla y hacia eso nos hemos encaminado. He abogado por los derechos de nuestros maestros y maestras en todos los frentes, incluyendo la Junta de Control Fiscal (JCF). Por eso, reitero que cuentan conmigo y les informo que he firmado el Proyecto del Senado 573, sobre la carrera magisterial”, sostuvo el gobernador en declaraciones escritas.
De igual forma, con esta ley el DE tendrá 270 días para realizar todo trámite, cálculo y análisis requerido para identificar y cualificar a los profesionales a los que no se les completó el proceso de ajuste salarial bajo la Ley de Carrera Magisterial. También, deberá identificar la cantidad de dinero adeudado desde el 2015 hasta el presente y luego, junto a OGP y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), precisar las eficiencias presupuestarias para cumplir con este fin.
Otras medidas que Pierluisi firmó son los Proyectos del Senado 231,260 y 367. El Proyecto 231 decreta el primer miércoles de mayo de cada año como el “Día de la Concienciación sobre la Salud Mental Perinatal” mientras que el Proyecto 260 realiza enmiendas técnicas al Código de Seguros de Puerto Rico y el 367 aclara ciertas disposiciones de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico relacionadas a las estaciones de inspección.