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¿Un famoso que preste su imagen para vender un producto puede ser demandado por anuncio engañoso?

Muchas empresas utilizan la imagen de una figura pública para a través del mecanismo de intercambio o por contratación directa, vender un producto o servicio.

El secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor, Edán Rivera Rodríguez
Foto: CyberNews

El secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO), Edán Rivera Rodríguez dijo el miércoles que al momento no ha recibido ninguna querella de un consumidor que haya alegado que por influencia de una personalidad fue víctima de un anuncio engañoso.

Cuestionado si una personalidad que utiliza su imagen para vender un producto puede ser responsable económicamente al igual que la empresa que le vendió el producto o servicio por los daños que sufrió ese consumidor, Rivera Rodríguez mencionó que está dispuesto a evaluarlo en el momento que se reciba una querella a su agencia.

“Cualquier alegación que un consumidor entienda que es una práctica engañosa, que acuda ante nosotros a la página del DACO. La persona puede alegarlo y traerlo a nuestra consideración y nosotros gustosamente lo evaluamos. Nosotros, toda alegación la tomamos en serio”, dijo el secretario a preguntas de la prensa.

Muchas empresas utilizan la imagen de una figura pública para a través del mecanismo de intercambio o por contratación directa, vender un producto o servicio.

Rivera Rodríguez mencionó que reactivó la Unidad de Anuncios Engañosos y como consecuencia emitieron más de 70 multas contra concesionarios de autos. El funcionario habló con varios de los dueños de estos dealers antes de emitir las multas.

“Nosotros hablamos con ellos, le explicamos nuestro reglamento, le explicamos cuales eran las deficiencias que estaban cometiendo, les explicamos porque y no nos hicieron caso muchos de ellos. La industria está disputando las multas porque entienden que esa sección del reglamento del DACO no les aplica y nosotros vamos a llevar esto hasta las últimas consecuencias”, expresó.

Al preguntarle que podría constituir un anuncio engañoso en la promoción y mercadeo de los productos de energía renovable, el funcionario contestó que “una práctica que podría ser un anuncio engañoso es que digan que te vas a ahorrar tanto en la factura de luz. ¡Cuidado con ese tipo de alegaciones! Si usted no está seguro de que su producto tiene ese resultado tenga cuidado. Usted tiene que demostrar que el producto que usted está ofreciendo y bajo los parámetros que los está ofreciendo cumple con lo que usted dice que cumple”.

De acuerdo con el secretario, ese tipo de promoción está tipificada como engañosa en el reglamento de DACO.