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Critican nuevos requisitos para proyectos de energía renovable

Nuevos requerimientos para las solicitudes de propuestas incluyen un valor neto de $75 millones y experiencia previa en proyectos de no menos de 20 megavatios, entre otros.

El Negociado de Energía certificó una cooperativa de energía renovable en Caguas.
Foto: Archivo / NotiCel

La Asociación de Productores de Energía Renovable (APER) calificó como “atropello y exclusión” hacia las pequeñas y medianas empresas los nuevos requerimientos para las solicitudes de propuestas (RFP, por sus siglas en inglés) destinadas a proyectos de energía renovable para Puerto Rico.

Expresó, además, que ni la Junta de Control Fiscal (JCF) ni la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) han contestado aún los planteamientos de la Asociación sobre los errores señalados en el plan fiscal.

“Queda más que claro que la imposición de estos nuevos requerimientos no es sino un acto de represalias a los señalamientos de la APER y nuestra insistencia en obtener respuestas. La transparencia debería ser contundente en estos procesos y eso es lo menos que hemos experimentado durante los pasados meses”, sentenció el director ejecutivo de la APER, Julián Herencia.

El ejecutivo añadió que “como empresarios en busca de un desarrollo de energía renovable sostenible para Puerto Rico, estamos hastiados de las trabas a las que constantemente nos enfrentan. Ya es hora de que la JSF, la AEE y el gobierno enfoquen sus esfuerzos para el beneficio de nuestros residentes y que dejen a un lado los intereses particulares”.

Los nuevos requerimientos del RFP para los proyectos de energía renovable incluyen un valor neto de $75 millones, además de experiencia previa en proyectos de no menos de 20 megavatios y de tres años o más.

Por otro lado y a diferencia de lo que fue el caso con los Proyectos Legacy, el nuevo RFP no exige a los proponentes un pago como requisito para someter la propuesta.

Herencia sostuvo que los requerimientos impuestos no garantizan ni mejoran la probabilidad de éxito de los proyectos.

Indicó además que la actitud y posición de la JCF a los desarrolladores de los Proyectos Legacy—de pasar la página, mirar hacia el futuro e invitarlos a participar del nuevo RFP—es engañosa e irrespetuosa.

“Esta postura acomodaticia ignora los grandes esfuerzos que han llevado a cabo estas compañías, así como los millones de dólares que se han invertido en los Proyectos Legacy durante los pasados ocho años. Es evidente que las nuevas imposiciones lo que buscan es descalificar estos proyectos, sin tan siquiera haber tomado tiempo para responder a los señalamientos de error identificados en el plan fiscal”.

Herencia también alegó que estos 16 proyectos ya aprobados y contratados ahora quedan “en el limbo”, ya que no se les permite proseguir, pero tampoco los cancelan.

Los 593 megavatios que comprenden los 16 Proyectos Legacy no dependen de fondos públicos, de combustibles fósiles, ni de otros elementos variables de costo.

Son proyectos de energía limpia, libres de emisiones y contaminantes, que además reducen y estabilizan el costo de la energía por 25 años, con el fin de sustituir la compra de combustible, se informó.

Negociado de Energía certifica cooperativa de energía renovable

El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público certificó la Cooperativa de Energía de San Salvador ‘Pirucho Coop’, en Caguas, la cual dará servicios de generación de electricidad con fuentes solares, en conjunto con sistemas de almacenamiento, se informó este martes en una declaración escrita.

En la etapa inicial la cooperativa suplirá energía a ocho socios de la comunidad mediante paneles solares instalados en los techos de las residencias. Todos los sistemas tienen batería, un inversor, un interruptor aislador y un contador. Siete de los sistemas tienen 14 paneles solares, mientras un octavo sistema tiene 27 paneles, informó el NEPR.

“El Negociado de Energía certifica a la Peticionaria como una Cooperativa de Energía. Además, autoriza a la Peticionaria a comenzar operaciones, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 57-2014; Ley 258-2018; Ley 239-2004; el Reglamento 8701; y el Reglamento 9117”, se determinó en la Resolución NEPR-CT-2020-0003 emitida por el NEPR.

La vigencia de la Certificación estará sujeta al cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas aplicables, la presentación de informes y certificaciones requeridas, además del cumplimiento de órdenes, resoluciones, requerimientos, verificaciones e inspecciones periódicas hechas por el NEPR.

“Evaluada la información presentada por la Peticionaria, el Negociado de Energía determinó que las proyecciones utilizadas para el cálculo de la tarifa de servicio eléctrico son razonables para la operación y mantenimiento del sistema propuesto. Además, dado que la cooperativa de energía estará ofreciendo servicio a clientes residenciales, la tarifa propuesta no es discriminatoria entre sus clientes”, indica la Resolución.

Tras varios trámites procesales, el NEPR aprobó las cláusulas de incorporación y el reglamento de la cooperativa de energía.