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Proponen requerir proceso competitivo para otorgar contratos por servicios profesionales

El proyecto de ley presentado por el senador Gregorio Matías busca utilizar métodos de licitación de Solicitud de Propuestas (RFP) y Solicitud de Cualificaciones (RFQ) para este tipo de contrataciones en el Gobierno.

Sen. Gregorio Matías Rosario.
Foto: Nahira Montcourt

El senador por Acumulación del Partido Nuevo Progresista (PNP), Gregorio Matías Rosario, presentó un proyecto de ley para regular el proceso de selección y otorgación de ciertos contratos de servicios profesionales.

El Proyecto del Senado 1612 busca enmendar el Artículo 35 de la Ley de la Administración de Servicios Generales (ASG) para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019 a los fines de requerir los métodos de licitación de Solicitud de Subastas (RFP, por sus siglas en inglés) y Solicitud de Cualificaciones (RFQ, por sus siglas en inglés) para la adquisición y/o contratación de servicios profesionales.

“Recientemente hemos visto como, ciertos servicios a la población se han visto afectados por el incumplimiento de contratistas que fueron contratados precisamente para mejorar los mismos. Por eso, y en protección de los contribuyentes, quienes cumplen con sus obligaciones y sufren cada vez que ven cómo se malgasta dinero público en contratos que no rinden frutos, presentamos esta legislación para garantizar que el gobierno obtenga el mejor valor por su dinero en la otorgación de los contratos de servicios como tecnología, consultoría administrativa entre otros”, expresó Matías Rosario.

De aprobarse el proyecto, las entidades gubernamentales, incluyendo aquellas que sean exentas, deberán realizar la contratación de servicios profesionales utilizando los métodos de licitación de Solicitud de Propuestas (RFP) y Solicitud de Cualificaciones (RFQ) en la Ley 73-2019.

La adjudicación de los servicios profesionales corresponderá a un Comité Evaluador de Servicios Profesionales que deberá designarse en cada una de estas entidades gubernamentales siguiendo lo dispuesto en la reglamentación aplicable.

La medida exceptúa aquellas profesiones que por la naturaleza de su labor requieran de un alto grado de confidencialidad, confianza o privilegio, tales como: (1) abogados, (2) contables, (3) financieros, (4) auditores, (5) comunicaciones, o (6) cualquier otro servicio profesional contratado para la formulación de política pública.

“Como norma general, ya la contratación de servicios profesionales debe utilizarse únicamente cuando la entidad gubernamental no cuente o no pueda utilizar los recursos internos a ser contratados, o cuando el 'expertise', destreza o experiencia del contratista sea necesario para la realizar ciertos trabajos. Con esta ley buscamos que no suceda lo que hemos visto en distintas agencias donde a pesar de contratar a los que supuestamente saben, el servicio al ciudadano no llega. Confío en que pueda ser aprobada en ambos cuerpos y firmada por la gobernadora para garantizar que el pueblo tenga los mejores servicios”, concluyó el senador por Acumulación.