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Tribunal federal anula la ley de 'quiebra criolla' (documento)

La estrategia del Gobierno de Puerto Rico de manejar las deudas de las corporaciones públicas mediante negociación, o con la anuencia, de solo una parte de los bonistas, dejando fuera a otros, provocó el derrumbe de la llamada ley de 'quiebra criolla' en el Tribunal Federal.

Ese proceder de la Administración García Padilla fue la base para que el juez Francisco Besosa declarara el viernes en la noche, mediante decisión escrita, que dicha ley es nula de acuerdo a los preceptos de la Ley de Quiebras federal, por lo que le prohibió al Gobernador ponerla en vigor.

La también llamada 'coquí quiebra', formalmente la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico (Ley 71), fue aprobada en junio pasado tras una evaluación legislativa de tan solo 24 horas sin vistas públicas.

La medida fue una de las respuestas de la Administración a la degradación del crédito de Puerto Rico al nivel de chatarra pero, tras su aprobación, las casas evaluadoras de crédito respondieron con una racha adicional de degradaciones de crédito. Desde los primeros análisis que NotiCel publicó al respecto, expertos señalaron que la falla principal del estatuto era que obligaba a los acreedores a aceptar unas condiciones en la relación financiera con las corporaciones públicas que ellos no habían consentido. Ese mismo razonamiento es la base de la decisión del juez Besosa.

Según el juez, la Ley de Quiebra federal permite que un gobierno desarrolle legislación para manejar su deuda, pero el método que desarrollen no puede ser uno que obligue a los acreedores sin su consentimiento, y que cualquier sentencia que se emita bajo esa ley hipotética no puede obligar a los acreedores que no consintieron dicho método.

Al anular la ley, Besosa indicó que no solo viola la cláusula de supremacía, que establece que las leyes federales van por encima de una ley local que esté en conflicto, sino que viola la cláusula constitucional que prohíbe leyes que violenten obligaciones contractuales, y la cláusula que prohíbe al gobierno tomar propiedad privada sin justa compensación, o lo que se conoce como el 'Taking Clause'.

Besosa examinó la ley federal de quiebra para concluir que sus definiciones expresamente prohiben a Puerto Rico hacer una ley de quiebra local ya que el estatuto prohibe a los estados hacer sus propias leyes de quiebra. El Juez dijo que la definición de 'estado' en la ley federal incluye a Puerto Rico y a Washington DC, excepto cuando se define quién puede ser deudor para los propósitos de la ley.

De igual modo, el Juez concluyó que la ley federal violenta la cláusula constitucional que prohibe leyes que violenten obligaciones contractuales. Aunque el ELA argumentó que no hay forma de saber que la ley violenta una obligación contractual hasta que alguna agencia la utilice, el Juez sostuvo que ese argumento no es persuasivo.

Aunque las obligaciones contractuales pueden ser violentadas para avanzar un interés apremiante del estado, al Juez no lo convenció el argumento del gobierno de que en el caso de Puerto Rico es interés apremiante lidiar con la crisis fiscal y con la deuda de las corporaciones públicas ascendente a sobre $20,000 millones.

Al usar el ejemplo de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), el Juez argumentó que existen otras alternativas más razonables para el gobierno sin tener que violentar obligaciones contractuales. En el caso de la corporación pública, esta puede aumentar modestamente sus tarifas, cobrar los $640 millones que le debe el gobierno, reducir la contribución en lugar de impuestos (CELI), y corregir sus ineficiencias. También puede mejorar sus relaciones con los inversionistas porque ya que no se ha reunido con sus bonistas desde el 2013, aseguró Besosa.

El Juez también favoreció el argumento de Franklin and Oppenheimer de que la ley violenta la cláusula que prohíbe que se tome propiedad privada sin justa compensación.

Entretanto, el secretario del Departamento de Justicia, César Miranda, indicó que, 'Vamos a revisar todos los parámetros de la decisión emitida en la noche de hoy por el juez Francisco Besosa. A su debido tiempo y luego del examen de rigor, habremos de determinar el curso de acción. Una decisión responsable sobre el particular requiere la evaluación correspondiente por parte de la Procuradora General y de los abogados que intervinieron en la defensa original del Estado Libre Asociado ante el tribunal federal para el distrito de Puerto Rico'.

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Sentencia anulación ley quiebra criolla - NotiCel _10792

El gobernador Alejandro García Padilla. (Archivo/NotiCel)
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