Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

Fuera de su cargo el rector de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo

Luego de ser blanco de una querella de la Oficina de Ética Gubernamental.

Recinto de Arecibo de la Universidad de Puerto Rico.
Foto: Archivo/NotiCel

El ahora exrector del Recinto de Arecibo de la Universidad de Puerto Rico, Carlos Andújar, fue removido de su puesto y fue designada para sustituirle Brenda Laboy González.

La decisión fue tomada por el presidente de la UPR, Luis A. Ferrao. El nombramiento de Laboy González es efectivo hoy, según se desprende de una carta firmada por el presidente universitario.

El martes se supo que la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) había radicado una querella contra Andújar por utilizado tres vehículos propiedad de la universidad para su beneficio personal entre agosto del 2017 y abril del 2022, cargándole indebidamente a la institución gastos ascendentes a $21,332.

La querella fue firmada el 25 de agosto y en el documento se indica que Rojas utilizó los vehículos para moverse en 518 ocasiones entre el recinto y su residencia en Toa Alta.

La OEG solicita que se le imponga a Andújar una sanción civil equivalente a tres veces el valor del beneficio económico recibido.

En julio del año pasado, los miembros del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI), ordenaron el archivo de una querella presentada contra Andújar.

La querella, presentada por el doctor José Alberty Monroing, catedrático, estuvo fundamentada en torno al uso de vehículos oficiales para fines personales por parte de Andújar.

Aunque inicialmente la querella fue referida el 20 de octubre de 2021, por Domingo Emanuelli Hernández, secretario del Departamento de Justicia, a la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC), se obvió el proceso previo de notificación al Panel.

La institución recibió el informe sobre la querella el 26 de mayo pasado. En el mismo, la DIPAC concluyó que no ameritaba proceder con la investigación preliminar según ordena la Ley 2-1988, toda vez que entendió que las acciones del rector Andújar no representaban infracciones de naturaleza penal. El informe consignó que de ser probadas, solo conllevarían la imposición de una multa administrativa.

DIPAC consideró que, como la Ley 60-2014 de vehículos oficiales no tipifica como delito grave o menos grave su uso para fines personales, dejan de ser de aplicación las disposiciones de la Ley 2-1988.