Hasta quemar la bandera es un acto legal
La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en ingles) exigió a la Policía y el gobierno de Puerto Rico desistir en procesar criminalmente ciudadanos que incurren en protesta simbólica cobijada por la Constitución utilizando una bandera, como la ocurrida el fin de semana pasado durante el concierto de Cultura Profetica y que terminó con el arresto de tres manifestantes.
Según esbozó la organización mediante comunicado de prensa, ha quedado más que claro en derecho que la utilización de banderas en forma de protesta es expresión simbólica cobijada por la constitución. Por tal razón, entienden que tanto la Policía como el gobierno local deben desistir de utilizar las leyes penales para justificar la supresión de ideas y expresión.
'Si algo ha quedado claramente establecido en el derecho estadounidense es que bajar la bandera de Estados Unidos, inclusive quemarla, en un ejercicio de protesta es expresión válida protegida por la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. Inclusive, izar a revés la bandera de Estados Unidos es oficialmente reconocido como un acto de expresión que simboliza la angustia que vive el país en el momento o estado de emergencia', explicó William Ramírez Hernández, director ejecutivo de la ACLU en Puerto Rico.
El sábado pasado, durante la celebración del vigésimo aniversario de la banda de reggae latino Cultura Profética, el activista ambiental Alberto de Jesús, conocido popularmente como Tito Kayak, y otros dos manifestantes de la organización Amigos del Mar, sustituyeron la bandera estadounidense con una de Puerto Rico pintada con los colores blanco y negro, símbolo de luto por la imposición de una Junta de Control Fiscal al país.
Como resultado de la manifestación, la que fue realizada en coordinación con la producción del evento, terminaron arrestados De Jesús, Eric Albizu Díaz y Shamir Jana Pietri. Tras ser citados para el jueves pasado al tribunal, fueron acusados de tres cargos menos grave: obstrucción a la justicia (Artículo 246 del Código Penal), violación al Reglamento 5282 sobre uso correcto de una bandera y uso de disfraz en la comisión de un delito (Artículo 248 del Código Penal).
'De igual forma, y por analogía, debería estar protegido el acto de izar la bandera de Puerto Rico en su nueva forma de protesta – en colores Blanco y Negro – lo que simboliza para muchos estado de emergencia o luto o cualquier otro adjetivo que se le puede interpretar en estos tiempos de emergencia en la vida de los puertorriqueños. Ciertamente, bajar la bandera de Estados Unidos como acto de protesta es expresión simbólica cobijada por la Primera Enmienda', agregó el director ejecutivo.
Explicó Ramírez que en el caso federal Texas v. Johnson (1989) el Tribunal Supremo de Estados Unidos determinó que hasta quemar la bandera de EE.UU. es un acto de expresión simbólica protegida por la Primera Enmienda. La incomodidad que este gesto le pueda causar a ciertos sectores no es suficiente para justificar la supresión de la libre expresión, según resolvió el Tribunal Supremo.
'Queremos volver al Puerto Rico de 1948 que mediante la Ley de Mordaza violó importantes libertades civiles, en particular la libertad de expresión y asociación, o nos queremos crecer como democracia? El balón está en la cancha del gobierno; la historia nos ha enseñado que el pueblo hará lo que los tiempos demande, como es su derecho hacer', finalizó el jefe de la ACLU en Puerto Rico.