Propietario de vehículo podrá retener como suya la tablilla
El gobernador Alejandro García Padilla convirtió en ley un proyecto sustitutivo trabajado por la Comisión de Infraestructura Transportación y Recreación y Deporte la cual preside el representante Popular, Ramón Luis Cruz Burgos, para que el propietario de un vehículo de motor pueda retener como suya la tablilla autorizada por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP).
'La Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico no reconocía como pertenencia del dueño del vehículo de motor la tablilla de éste, lo que ocasiona que en los procesos de compraventa de vehículos, sea obligatoria la compra de una nueva tablilla con cada vehículo de motor que se adquiera. Dicha situación resulta en un gasto oneroso para el nuevo propietario, que necesita el nuevo vehículo para realizar sus tareas cotidianas', explicó el legislador del Partido Popular Democrático.
Por otro lado, Cruz comentó que los traspasos de vehículos de un titular a otro son muy comunes, y que en este tipo de transacción los concesionarios, así como los compradores no tienen la alternativa de verificar si el vehículo posee gravámenes.
'En muchas ocasiones, cuando la transacción esta completada, es que los compradores o concesionarios se dan cuenta de que el vehículo tiene un gravamen que aumenta el costo de venta de la unidad o inutiliza la venta. Esto provoca grandes pérdidas en toda la cadena de distribución', mencionó el Representante.
Según se establece en la Ley, el Secretario del DTOP establecerá y mantendrá un registro actualizado de todos los vehículos de motor, arrastres o semiarrastres autorizados a transitar por las vías públicas, y asignará a cada vehículo una identificación exclusiva que consistirá del número de identificación o serie de dicha unidad, previamente asignado por el manufacturero, así como cualquier otro número que se entienda apropiado. Asimismo, el DTOP deberá mantener actualizados sus registros en caso de venta o traspaso de algún vehículo de motor, a los fines de que el marbete de este concuerde con la tablilla expedida al propietario del vehículo adquirido. Además, deberá notificar a la Administración de Suscripción Conjunta de Seguro Obligatorio, así como a la Administración de Compensación por Accidentes Automovilísticos sobre cualquier actualización del número de tablilla con el marbete.