Trastada a la memoria de Carlos Vargas en proyecto sobre exención a millonarios
La Cámara de Representantes bajó el miercoles a calendario uno de los últimos proyectos del difunto representante Carlos Vargas Ferrer, pero con enmiendas que distorsionaron completamente su contenido.
El compromiso al que aludió el presidente de la comisión de Hacienda, Rafael 'Tatito' Hernández, de honrar su memoria mediante la aprobación del PC 2610 quedó reducido a un acto de hipocresía, cuando incluyó enmiendas al fin mismo del proyecto.
La intención de Vargas Ferrer era establecer un impuesto de 5% a las ganancias de capital de los millonarios e inversionistas que se acojan a la Ley 22 de 2012, de forma que los decretos que permiten que Puerto Rico sea un paraíso fiscal exento del pago de contribuciones estén ligados a una solicitud de inversión en el desarrollo económico. Particularmente, la medida establecía que un 3% de su capital sería destinado al Fondo de Energía Verde para diversificar las fuentes de energía; mientras el 2% iría al Fondo para el Desarrollo Económico.
Ambos propósitos son acorde con las recomendaciones del grupo asesor de KPMG, según había delineado el representante fenecido, debido a que en su informe incluyen la opción de derogar la Ley 22 o canalizar los incentivos para fomentar una actividad económica específica.
'Con estas enmiendas, la Ley 22 será más efectiva y logrará incentivar el crecimiento socioeconómico y el desarrollo de energías alternativas en Puerto Rico', defendió en su exposición de motivos. Gran parte de sus palabras fueron tachadas, y el propósito de la medida se diluyó para que en vez de exigir una aportación al desarrollo económico de la isla, los nuevos residentes cumplan con 'los parámetros mínimos de civismo y responsabilidad ciudadana'.
El proyecto de ley se convirtió entonces en otra cosa. Exige que previo a la otorgación de decretos, los interesados sometan su historial de antecedentes penales, juramento de que no han sido objeto de acusación por fraude, e información sobre la procedencia de los ingresos, todo como 'filtros' adicionales.
Sin embargo, el cambio radical al proyecto pudiera ser inconstitucional, ya que el Artículo 3 (Sección 17) de la Constitución de Puerto Rico dice que 'ningun proyecto de ley sera enmendado de manera que cambie su proposito original o incorpore materias extranas al mismo'.
En el proyecto se incluyó, además, un artículo completamente nuevo que le da al Secretario de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) un pote de recaudos para usar a su discreción en la promoción de incentivos para atraer inversionistas a Puerto Rico.
El 'Fondo Especial bajo la Ley para Incentivar el Traslado de Individuos Inversionistas a Puerto Rico' existía desde hace un año bajo la jurisdicción del Departamento de Hacienda, pero mediante este proyecto de ley se permite que el cobro del cargo de $5,000 a los beneficiarios del decreto se haga también mediante giro postal o bancario, cheque certificado, o transferencia electrónica. Este lenguaje se encuentra también en el PS 1344, que ambos cuerpos aprobaron y fue enviado al Gobernador para su firma. Sin embargo, el último incluye lenguaje más agresivo ya que permite que el Secretario del DDEC administre el pote millonario como tesoro independiente. El Gobernador aún no lo ha convertido en Ley.
*Editado para incluir detalles sobre una de las enmiendas.