Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

Senado verá medida para enmendar Ley 54

La Comisión de Asuntos de la Mujer celebrará el miercoles una vista pública para tratar el Proyecto del Senado 1172, que busca otorgarle capacidad jurídica a las madres, padres, hijas e hijos mayores de 18 años, para solicitar órdenes de protección a favor de sus hijos y madres o padres, víctimas de violencia domestica.

Dicho proyecto de ley enmendaría el Artículo 2.3 de la Ley Número 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, para lograr dicho propósito en beneficio de los menores de edad envueltos en situaciones de violencia doméstica.

'A pesar de que la Ley 54 fue aprobada hace 25 años y de que es un estatuto de avanzada, la realidad es que no se ha logrado erradicar el problema de la violencia doméstica. Lamentablemente seguimos siendo testigos de los múltiples casos de violencia doméstica, y ha trascendido públicamente en días recientes, las muertes de mujeres, que han sido vilmente asesinadas por sus parejas o ex parejas, en muchos casos frente a sus propios hijos. En estos casos, la mujer muere víctima de su agresor y además, se destruye la vida de sus hijos ya que reciben un daño emocional y sicológico irreversible', lee la exposición de motivos del Proyecto, de la autoría de la senadora Itzamar Peña Ramírez.

La vista inició a las 10:00 de la mañana en el Salón María Martínez, ubicado en el anexo del Senado y entre los deponentes citados está la Administración de Tribunales (OAT) y la Policía de Puerto Rico.

La administradora de la OAT, Sonia Ivette Vélez, avaló el proyecto

'Reconocemos el propósito loable del proyecto de ley bajo escrutinio, toda vez que promueve una medida de intervención por parte de quienes muchas veces son los familiares más cercanos a una víctima de violencia, pero solicitamos que sea mucho más específico el procedimiento', dijo Vélez a través de una ponencia leída por la licenciada Mónica Hernández.

Sin embargo, Vélez explicó que le preocupa dicha enmienda sólo requiera que el tercero que solicite la orden de protección tenga prueba fundamental de los actos de violencia doméstica.

'Consideramos que el familiar tiene que haber presenciado los actos de violencia doméstica o que, como mínimo, la víctima le haya confiado o revelado que ha sido víctima de tales actos o que exista un peligro inminente. Además, la jueza Vélez indicó que como parte del proceso, el tercero debe estar disponible durante todos los procedimientos posteriores que surjan a partir de la expedición de la orden', sostuvo Vélez en un comunicado de prensa.

Otro de los aspectos que requirió la Administradora de los Tribunales es que no se excluya el requisito de notificación a la alegada víctima de violencia doméstica antes de iniciar el procedimiento de solicitud de una orden de protección por parte de una familiar. Según Vélez, es imprescindible que la medida legislativa tome en consideración que se deberá garantizar el derecho a la alegada víctima de violencia a participar en el proceso y plantear su postura respecto a la solicitud de orden de protección.

La funcionaria además requirió que la edad para otorgar la capacidad jurídica a un tercero sea 21 años tal y como lo establece nuestro ordenamiento legal. En tanto, el superintendente de la Policía José Caldero, se unió al pedido sobre la edad requerida para que un familiar pueda solicitar una orden de protección en beneficio de su padre o madre. Caldero favoreció la pieza legislativa, de la autoría de Itzamar Peña Ramírez, y expuso como ejemplo el caso de Alemania, 'donde los derechos de las personas víctimas de violencia doméstica están tan avanzados, que ni siquiera se requiere una denuncia por parte de la víctima para que el caso prospere'. El Superintendente de la Policía fue representado en las vistas públicas por la licenciada Yashira Vega.

Mientras, la presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Maritere González dijo que 'tenemos el compromiso de erradicar la violencia, de todo tipo, en las relaciones de pareja. Actualmente, un patrono puede pedir una orden de protección en favor de un empleado o empleada, pero los padres no pueden hacerlo por sus hijos o hijas'.

Finalmente la senadora del Partido Nuevo Progresista (PNP) Migdalia Padilla, expresó, 'este proyecto es importante porque muchas víctimas no someten querellas por Ley 54 por miedo, por terror'.

(Archivo/NotiCel)
Foto: