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Solicitan reconsideración de Boston en caso Cáceres

La licenciada Judith Berkan solicitará una reconsideración ante el pleno del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston luego que varios de los jueces de ese foro no le dieran paso a una demanda contra altos funcionarios de la Uniformada por violación de derechos civiles radicada por la familia de Miguel Cáceres, ultimado por un policía el 11 de agosto del 2007 en Humacao.

La decisión del tribunal intermedio sostuvo una decisión del Tribunal de Distrito Federal que en el 2012 desestimó la demanda por violación de derechos civiles radicada por la familia de Cácerescontra los supervisores y superiores del policía convicto por su asesinato, Javier Pagán.

'La opinión es decepcionante. Tiene los hechos incorrectos', dijo Berkan al destacar que el efecto de la decisión es que hará a los policías sentirse impunes ante querellas por abuso policial.

El 28 de abril de 2008, Evelyn Ramírez Lluveras, viuda de Cáceres, y sus tres hijos radicaron una demanda por violación de derechos civiles contra los policías y sus superiores en el Tribunal Federal por los daños sufridos con el asesinato de Cáceres a manos de Pagán en hechos que fueron captados en vídeo.

La familia Cáceres demandó a Pagán y a los policías Carlos Sustache y a Zulma Díaz, por estos últimos no hacer nada para evitar que Pagán le disparara varias veces a Cáceres. La discusión entre Pagán y Cáceres comenzó luego que Cáceres se pusiera a dirigir el tráfico para evitar que carros chocaran contra unas 'scooters' que iban a escoltar a una joven durante un quinceañero.

Además de los tres policías, la familia demandó al fenecido exsuperintendente de la Policía, Pedro Toledo; al coronel exdirector de la región de Humacao, Edwin Rivera Merced; al teniente Víctor Cruz Sánchez, y a los sargentos de Operaciones Tácticas, Rafael Figueroa Solís y Juan Colón Báez, por negligencia en la supervisión de Pagán.

En diciembre de 2011, el juez Francisco Besosa desestimó la demanda contra los altos directivos de la Uniformada por medio de una sentencia sumaria. En noviembre del 2012, no obstante, el tribunal ordenó a Pagán, a Sustache y a Díaz pagar la suma de $11.5 millones luego de encontrarlos responsables de violar los derechos civiles de Cáceres y ocasionarle daños a la familia del occiso.

Los demandantes basaron su apelación a la decisión federal sobre los altos funcionarios de la Policía en que previo al 11 de agosto de 2007, Pagán, quien fue condenado a cadena perpetua en el tribunal estatal, ya contaba en su expediente con siete acciones disciplinarias que servían de señal para sus supervisores de que podría dispararle a algún ciudadano. Además, habían dos recomendaciones de expulsión de la Policía por los entonces superintendentes Agustín Cartagena y por Toledo. Eventualmente, Pagán logró que las dos recomendaciones se redujeran a 60 días de suspensión y tan pronto cumplió ese periodo se reincorporó al cuerpo policiaco.

No obstante, el tribunal apelativo destacó que solamente una de las acciones disciplinarias, que era producto de una querella por violencia doméstica, era la única que podía ser significativa al caso. Las demás fueron por robo de propiedad pública por haber dejado un objeto mueble del gobierno en el baúl de su vehículo, por no haberse presentado a una cita en un tribunal, por insubordinación, por una irregularidad en un informe, por no haber tomado acción en una querella, y por haber agredido a un motociclista, una alegación de la cual no hubo prueba.

El Tribunal de Apelaciones, en una opinión escrita por la juezaSandra Lynch, aseguró que evaluó toda la evidencia del Tribunal de Distrito 'de novo' y que la prueba contra los supervisores 'es insuficiente'. Además destacó que no había una relación causal entre las actuaciones de los supervisores y la violación constitucional por parte de Pagán. Ni Pagán ni los otros oficiales le habían disparado a algún civil anteriormente.

'El récord de Pagán evidenciaba siete instancias de acción disciplinaria en un periodo de 14 años. Ese récord no es suficiente como para poner a los supervisores en alerta de que podría ser un riesgo grave de dispararle a una persona arrestada', dijo el tribunal.

Aunque los jueces consideraron que la querella de violencia doméstica, que en el caso de Pagán fue por violencia verbal y sicológica contra una excompañera consensual, era una seria, consideraron que de por sí no era suficiente para justificar la creencia de que era un riesgo para los demás. En cuanto a las recomendaciones de expulsión, el tribunal alega que el propio Toledo dijo que ameritaba el cambio a una suspensión luego de la vista de apelación.'Todas estas instancias sencillamente no demuestran que Pagán representaba un riesgo', concluyó el Tribunal.

Berkan dijo que le sorprendieron las aseveraciones que se hicieron sobre la querella de violencia doméstica contra Pagán porque era mucho más que violencia doméstica, ya que también tenía que ver con corrupción ya que el convicto expolicía usó armas ocupadas para amenazar a su excompañera.

La abogada criticó que el Tribunal desestimara aseveraciones en torno al sistema disciplinario contra los policías. Semanas antes de la muerte de Cáceres, un compañero de Pagán le disparó varias veces a un joven y Pagán lo único que hizo fue observar al joven mientras se desangraba, sostuvo Berkan.'El sistema disciplinario fue totalmente roto…No hay consecuencias, el sistema falló', condenó.

*Vea también

Boston desestima demanda contra alto mando de la Policía en caso Cáceres (documento)

Licenciada Judith Berkan (Josian Bruno/Archivo NotiCel)
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