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Desestimada la demanda del contable allanado contra NotiCel

El Tribunal de Primera Instancia desestimó recientemente una demanda por libelo y calumnia radicada por Tropical Solar Farm, el contable Roberto Torres, cuya oficina fue allanada la semana pasada por el Departamento de Justicia, y otras compañías contra la Unión de Trabajadores de la Industria Electrica y Riego y varios medios de comunicación, incluyendo NotiCel.

Los hechos que dieron pie a la demanda se remontan al 2012, cuando la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego y jubilados de la AEE denunciaron que Tropical Solar Farm aparecía incorporada en el Departamento de Estado a nombre de Torres, pero con la dirección, el teléfono y el correo electrónico de la empresa Galexda Development, una entidad de desarrollo de vivienda, cuyo dueño era José Pérez Canabal, el exvicepresidente de la Junta de Gobierno de la AEE.

Las organizaciones alegaron posible trato preferencial en la otorgación de dos contratos de energía renovable ascendentes a $190 millones a Tropical Farm y Jonas Solar Energy. Torres, incorporador de las empresas, era vecino de Pérez Canabal. Las alegaciones ocasionaron la salida de Pérez Canabal.

Los demandantes Tropical Solar Farm, Jonas Solar Energy, Torres y su firma Torres <><><><><><><><><><><><><><><><><><><>& Torres Certified Public Accountants alegaron que las expresiones hechas por las asociaciones, uniones y medios de prensa demandadas eran falsas y difamatorias./p

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La demanda fue desestimada unas dos semanas antes que el Departamento de Justicia diligenciara dos órdenes de registro en las oficinas de Torres para obtener documentos relacionados a los contratos de energía renovable otorgados en el 2012 para analizar si en efecto hubo alguna irregularidad en torno a la otorgación de los mismos./p

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La jueza Sonia Santana Sepúlveda concluyó el pasado 24 de junio que la información difundida por los medios era esencialmente correcta y que pedirle a la prensa que ignore una conferencia de prensa con contenido de alto interés público ya que trataba del tema de energía renovable o que espere a que se conduzca una investigación del Estado antes de publicar sería el equivalente a 'imponerle censura previa o una mordaza a los medios'./p

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Torres alegó que era una figura privada, que el tema de energía renovable no era de alto interés público y que los lazos de amistad y vecindad que Torres tenía con Pérez Canabal no lo hacían figura pública. Alegó que ningún medio le dio amplia cobertura a la versión de los hechos del demandante./p

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Santana acogió los planteamientos hechos por los medios de que les cobijaba el privilegio del informe justo y verdadero que establece que no se tendrá como maliciosa una publicación que se hace como parte de un proceso autorizado por ley como lo son los procesos legislativos o judiciales. Este privilegio también cubre información que se obtiene de documentos públicos./p

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En ese sentido, el Tribunal determinó que a los medios les cubría el privilegio debido a que la información que fue publicada había sido obtenida de los récords de la Oficina del Contralor y el Departamento de Estado que fueron ofrecidos como evidencia en la conferencia de prensa de la UTIER y otras organizaciones./p

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Luego de analizar los reportajes y los documentos, la jueza concluyó que 'indudablemente en este caso, los reporteros actuaron como sustitutos del público en la observación del evento…'/p

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Santana también aceptó alegaciones de los medios demandados que el tema de energía renovable si es uno de alto interés público al tomar conocimiento de unas órdenes ejecutivas emitidas por el exgobernador Luis Fortuno declarando un estado de emergencia en la infraestructura eléctrica del país y estableciendo como prioridad el uso de fuentes renovables./p

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Como consecuencia, el tribunal también concluyó que Torres era figura pública para efectos de la noticia por virtud de tener contratos con la AEE para la venta de energía renovable que se pagan con fondos públicos. Debido a que es figura pública, Torres tenía que probar que hubo malicia real o grave menosprecio a la verdad en la publicación de la noticia. El tribunal encontró que los medios reflejaron esencialmente lo que se dijo en la conferencia de prensa./p

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De otra parte, la jueza dijo que Torres sí tuvo oportunidad de refutar las alegaciones en entrevistas con medios y no lo hizo./p

Centro Judicial de San Juan (Josian Bruno Gómez/NotiCel)
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