FEI designa unidad para analizar suspensión del alcalde de Río Grande
Tan temprano como el lunes una unidad de procesamiento administrativo en el Panel del Fiscal Especial Independiente podría ordenar que se suspenda al alcalde de Río Grande, Eduard Rivera, de empleo y sueldo por haber sido acusado por un jurado federal de actos de corrupción.
La directora de la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente, Nydia Cotto Vives, dijo a NotiCel que la unidad está dirigida por la técnico legal Melanie Grandonez, pero que su oficial examinador es Lourdes Velazquez, quien hará las recomendaciones al panel del FEI sobre Rivera.
Cotto Vives dijo que en la unidad también hay un investigador.
Aunque la unidad por ley tiene 20 días para hacer su determinación, Cotto Vives dijo que se espera que la decisión tenga lugar ya la semana que viene debido a que en el caso de Rivera ya existe un orden de arresto, el documento de acusación del Tribunal Federal, así como la carta del Departamento de Justicia solicitando la remoción del alcalde.
Según el Plan de Reorganización Número 1 del 2012, que eliminó la Comisión para Ventilar Querellas y le delegó sus funciones al FEI, esta unidad puede suspender de empleo a un alcalde cuando meramente se ha encontrado causa para arresto por delito grave, y los delitos contra la función pública y el erario, o de delito menos grave que implique depravación moral.
La unidad debe evaluar si los hechos imputados al alcalde demuestran una administración corrupta, fraudulenta, negligencia inexcusable o el abuso de autoridad.
También toman en consideración su historial administrativo previo, certeza de la prueba y la urgencia de tomar medidas.
No obstante, el alcalde puede apelar la decisión de su suspensión de empleo en los tribunales. La unidad también puede recomendar que se le suspendan sus beneficios y opte por no suspenderlo.
'De su faz surge los motivos para la suspensión', dijo Cotto Vives.
No obstante, la determinación del FEI sería una para una suspensión sumaria. Si Rivera es hallado culpable de los cargos que se le imputan, entonces procedería una destitución de su puesto.
La orden que se emita la semana que viene también le instruirá a la persona que sustituya al alcalde interinamente a que tome posesión de toda la propiedad pública que tenga el alcalde como vehículos.
'Si sale bajo fianza (Rivera), se le prohíbe que tenga acceso a las facilidades de la alcaldía o que mediante terceros se inmiscuya en las labores de la alcaldía', dijo Cotto Vives.
Eso, de todas maneras, no interfiere que el municipio sustituya al alcalde mediante una ordenanza municipal que así lo autoriza.