Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Ahora

Someten querellas contra alcalde de Guánica por violar Ley de Ética

El senador por el Distrito de Ponce, Martín Vargas, radicó el viernes tres querellas contra el alcalde del Municipio de Guánica, Santos Seda, por nombrar a su cuñada en una posición municipal.

Las querellas fueron presentadas ante el Departamento de Justicia, la Oficina de Ética Gubernamental y la Oficina del Contralor, por violaciones a la Ley de Ética Gubernamental, en particular a la prohibición de contratar familiares.

'El Alcalde de Guánica inició su gestión de espalda al pueblo y a la Ley. Una de sus primeras actuaciones fue nombrar a su cuñada en una posición de confianza, sin solicitar una dispensa a la Oficina de Ética Gubernamental. La cuñada del alcalde Seda se desempeña como Coordinadora del Centro de Servicios de Salud en el Municipio de Guánica desde el pasado 6 de julio de 2013. Si un Alcalde o funcionario público con autoridad para hacer nombramientos, emplea a su cuñado o cuñada violenta la Ley de Ética Gubernamental. El Alcalde de Guánica actuó en violación a la Ley de Ética', puntualizó el Senador.

La ley prohíbe que una persona con autoridad intervenga directa o indirectamente, en el nombramiento, ascenso, remuneración o contratación de su pariente. 'Se entenderá que un servidor público tiene facultad para decidir o influenciar cuando una ley, reglamento, descripción de deberes o designación así lo disponga', reza el estatuto.

'Todo Alcalde es autoridad nominadora, por lo que para justificar un nombramiento de un familiar tiene que solicitar, antes de hacer el nombramiento, una dispensa. Es importante enfatizar que la dispensa tiene que ser solicitada y aprobada antes de que se haga el nombramiento. Ni siquiera se trata de que se solicite, se nombre y luego se espere una respuesta favorable o no de la dispensa', explicó el líder popular del sur.

La Ley establece en su Artículo 4.2(h) que: 'Esta prohibición no aplica cuando, a discreción de la Dirección Ejecutiva, medien circunstancias excepcionales que hayan sido evaluadas con anterioridad a que la autoridad nominadora o el servidor público con facultad de decidir o de influenciar ejerzan dicha facultad'.

'Las actuaciones del Alcalde Seda requiere la actuación de la Oficina de Ética Gubernamental por las sanciones administrativas que conllevan sus actos. De igual forma, el nombramiento de la cuñada del Alcalde requiere la intervención de la Oficina del Contralor y la solicitud de que se devuelvan los salarios devengados de forma ilegal. Finalmente, esos mismos actos constituyen actuaciones delictivas que tiene que ser procesadas por el Departamento de Justicia y la División de Integridad Pública debe investigar y referir para las acusaciones que correspondan. El resultado de estas investigaciones debe conocerse pronto ya que se trata de un asunto de fácil corroboración', expuso el Presidente de la Comisión Senatorial encargada de asuntos de municipios.

'Se trata de un asunto serio, que tiene implicaciones muy fuertes. De igual forma, son actos que denotan que el Alcalde Seda actúa con un claro y evidente menosprecio a la Ley y a los principios mínimos de respeto al pueblo. Los actos del Alcalde denotan las verdaderas razones por las que buscó una posición electiva, adelantar las causas de los suyos a costa de los guaniqueños', finalizó el Senador Martín Vargas.

Se defiende el alcalde

Seda Nazario calificó como falsas las imputaciones.

'Una vez más el senador del Distrito de Ponce demuestra el desconocimiento de la Ley, a pesar de ser legislador cuando no conoce lo que establece el ordenamiento legal en cuanto a la consanguineidad', dijo Seda Nazario.

El alcalde afirmó que el nombramiento de la Sra. Marisara Irizarry, como Administradora del CDT, cumple con todas las disposiciones de ley y reglamentos aplicables bajo la Ley de Ética Gubernamental. La Sra. Irizarry no es cuñada del Alcalde Seda Nazario, por lo que las alegaciones son falsas.

La Ley 1 del 2002 artículo 1.2 inciso y establece claramente la definición de pariente que incluye a los abuelos, padres, hijos, nietos, tíos, hermanos, sobrinos, primos hermanos, cónyuges, suegros, cuñados del servidor público, así como hijos, nietos del cónyuge.

En este caso particular, la Sra. Irizarry no entra en ninguna de las categorías establecidas por la Ley por lo que no es necesario ni siquiera hacer una consulta a la Oficina de Ética Gubernamental.

Seda Nazario manifestó que estas falsas imputaciones no desviarán su atención su atención para llevar a cabo su plan de trabajo para el desarrollo con el pueblo de Guánica.

(Archivo/NotiCel)
Foto: