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Le cortan las alas al Tribunal Supremo (documento)

Un proyecto aprobado por el Senado enmienda la Ley de la Judicatura, las Reglas de Procedimiento Civil y otros estatutos para cortarle la capacidad al Tribunal Supremo de revisar casos y determinaciones de las agencias administrativas.

La medida fue avalada en votación partidista 11 a 7, siendo uno de los votos en contra el de la senadora pipiola María de Lourdes Santiago.

De convertirse en ley, el proyecto tendría el resultado de darle al Partido Popular Democrático (PPD) la oportunidad de controlar de alguna forma los movimientos de un Tribunal Supremo en el cual tienen una súper minoría, en oposición a la súper mayoría que ostenta el Partido Nuevo Progresista (PNP). Pero el proyecto tambien tendría el efecto de trastocar las posibilidades en todo tipo de litigio, y en todas las áreas para las cuales los ciudadanos acuden a los tribunales.

En términos generales, el proyecto concentra la capacidad de revisión de las controversias en el Tribunal de Apelaciones y limita los poderes amplios que el Supremo había adquirido en la reforma de la Judicatura hace una década y que fueron usados incluso en casos como el de los llamados 'pivazos', para atender las controversias de manera rápida sin esperar al curso normal en la judicatura.

Según el tracto legislativo del Proyecto del Senado 367, presentado el 8 de febrero por el presidente senatorial Eduardo Bhatia, su aprobación en la Cámara Alta ocurrió mediando sólo una vista ejecutiva, y con el Senado pidiéndole la opinión sólo a la Oficina de la Administración de los Tribunales y al Departamento de Justicia.

Entre otras cosas, el proyecto le quita al Supremo la capacidad de considerar directamente los recursos de mandamus, quo warranto y auto inhibitorio, y sólo les deja la capacidad de ver los hábeas corpus. Históricamente, los recursos cuya capacidad de resolución primaria se le quita han sido usados para controversias de alta carga política.

Le quita también la capacidad de examinar recursos que se presentan para disponer de una parte de un caso pero no de todo el caso, o, expresado de otra forma, se les limita la capacidad de acción a aquellos recursos del Tribunal de Apelaciones que atiendan sólo sentencias finales de ese foro, con algunas excepciones.

El recurso de certificación, usado en el caso de los 'pivazos' y que permite que el Supremo se lleve para su consideración cualquier caso en Primera Instancia no importa su etapa, ahora está limitado a los casos que ya estén al nivel del Tribunal de Apelaciones.

De igual forma, le quita la facultad para atender las controversias del proceso de permisos, según la nueva Reforma de Permisos, ahora esos casos irán directo a Apelaciones.

*Versión original publicada el lunes 13 de mayo a las 5:00 p.m.

P del S 367 Límites al Tribunal Supremo - NotiCel_2543

Informe senatorial del P del S 367 Límites al Tribunal Supremo - NotiCel_2544

Los jueces asociados del Tribunal Supremo, Roberto Feliberti, Edgardo Rivera, Erick Kolthoff, Mildred Pabón, Rafael Martínez, y Liana Fiol. (Josian Bruno/NotiCel)
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