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Rec. Naturales abre bosques al alquiler privado

El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) está enmendando su reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP) para permitir arrendamientos como el otorgado en el Bosque Seco a la empresa privada Puerto Rico Experience Tours (PRET).

CLARIDAD tiene en su poder documentos que evidencian que los cambios al reglamento se están trabajando desde noviembre de 2011. El quinto borrador del reglamento se circuló el 10 de enero de 2012 entre personal del DRNA y tenían hasta el 23 de enero para someter comentarios 'compulsorios'.

Pero el contrato entre el DRNA y la PRET se firmó el 16 de diciembre de 2011. No fue hasta finales de enero 2012 que se denunció públicamente la existencia del contrato por varias fuentes, entre ellas el manejador del Bosque Seco, Nelson Canals. Días después, ante las críticas públicas de sectores ambientales, expertos legales y científicos, el propietario de PRET, Rey Ramón Rodríguez, anunció el retiro del proyecto 'voluntariamente'.

Los cambios en cuestión están en la Sección XVI del borrador del reglamento. Se suprime lo anterior y en el artículo tres se faculta al Secretario del DRNA 'para conceder arrendamiento, uso y ocupación sujeto a cargos en los bosques estatales'. Según lee el texto: 'El Secretario podrá, sujeto a un cargo razonable y a intervalos que no excedan de quince años y a los términos y condiciones que prescriba, bajo su supervisión y reglamentación, arrendar o de otro modo conceder bajo permiso limitado el uso por agencias o personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, estructuras o mejoras localizadas en terrenos de y la ocupación y uso de cualquier terreno, agua u otra conveniencia o riqueza de los bosques, con excepción de minerales, que sea acorde con los fines para los cuales éstos se establecen y mantienen. Como condición para otorgar permisos bajo esta disposición, el Secretario podrá requerir a los usuarios que con fondos propios reacondicionen y mantengan las estructuras, terrenos y vías de acceso en condiciones satisfactorias'.

El borrador del reglamento dispone también que el '100 por ciento del total de la tarifa' de arrendamiento se depositará en un llamado Fondo Especial para el Sustento y Desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas. Se impone un recargo por renta vencida de un 10% anual del total del balance adeudado a partir de los 30 días de notificación de deuda y todavía se le da un plazo de 90 días para saldar.

Aunque según el documento en el capítulo XIV figura que el DRNA 'reconoce y promueve' la participación de todos los sectores interesados en la gestión de áreas naturales protegidas y que podrá llegar a acuerdos colaborativos de comanejo, concesiones con organizaciones no gubernamentales, instituciones educativas y proyectos de investigación, no se habla de arrendamiento. Facultar al Secretario de la capacidad de otorgar contratos de arrendamiento representa un cambio en la política pública de lo que hasta ahora fue el manejo de los bosques y las concesiones.

Para más detalles, vea Claridad.