Una nueva Constitución
A Puerto Rico le hace falta una nueva Constitución. No se rían. Se que eso es sueño de una noche de verano, pero en algún momento tenemos que volver a soñar. La vida es lo que nos deben. A nosotros nos deben una Constitución decente.
Antonio Fernós López-Cepero, mi amigo y maestro en estos menesteres constitucionales, me enseñó a apreciar la Carta de Derechos de nuestra Constitución en todo lo que vale y a despreciar con igual pasión el resto de ese documento colonial. Compartíamos la idea de hacer un libro pequeñito con la Carta de Derechos y regalárselo a los niños para que lo cargaran de por vida como el libro rojo de Mao. Y echar el resto al zafacón.
Antes que Toño me había impactado la visión de la Constitución de Vicente Géigel Polanco: 'una Constitución de embuste con los derechos menguados'. Esa fue la que me hizo leer la dichosa Constitución nuestra muchas veces hasta llegar a la misma conclusión de Géigel y luego de Toñito: nuestra Constitución es un espejismo de democracia.
Como a Geigel no lo conocí nunca lo pude acribillar con preguntas como a Toño. Las respuestas de Fernós siempre fueron tan tajantes como consistentes.
Esto que escribo, pues, se lo dedico a la memoria de mi amigo. Este deseo ferviente por convencer cada día a más personas de que desde la soberanía hasta la educación, desde el sistema electoral hasta el de justicia y el de salud, la ruta para resolver cada una de esas crisis es una nueva Constitución.
En buena medida, el inmovilismo de nuestra Constitución es su esencia. Una Constitución hecha con el permiso y bajo la supervisión directa del imperio para cumplir su función como espejismo de democracia, mantener y sostener la colonia por consentimiento. Una Constitución cuyo único cometido – y vuelvo a sacar aparte la Carta de Derechos– es establecer la partidocracia como garante de la colonia. Una Constitución para asegurar que a todo dar, sean solo dos partidos coloniales los que se turnen en administrar poder y presupuesto. Una Constitución colonial.
La Constitución del ELA no puede entrar en los asuntos que entran las de los países que se respetan: los conceptos de nación, soberanía y libre determinación. Sobre cómo ha de regirse la banca, la industria, las propiedades nacionales y los recursos naturales. Sobre los derechos y obligaciones civiles, la inmigración, la relación con otros países, la nacionalidad. Entonces va sobre la forma de gobierno y el sistema contributivo. La Constitución del ELA se salta todo para referirse a esto último tras engatusarnos con una excelente carta de derechos. Hay constituciones que tienen treinta y cuarenta artículos antes de llegar a la forma de gobierno y el sistema contributivo. La nuestra es un documento sucinto de nueve artículos, ocho de ellos dedicados a la forma de gobierno, al traqueteo partidista.
Al decir de Fernós, nuestra Constitución no fue hecha para el pueblo, fue hecha para los partidos. No fue hecha para ciudadanos, sino para miembros de partidos políticos. Si usted no se concibe como miembro de uno de los dos partidos que auspicia, esta Constitución no es para usted.
Para colmo de la hipocresía y el fraude, el balance de poder en tres ramas de gobierno que cacarea es un fiasco. Ya hemos visto cómo un solo partido en un momento dado puede controlar las tres ramas de gobierno. Cuando la Constitución no ha podido garantizar la división de poderes, le llamamos crisis constitucional. Y hemos hecho algo para resolverla?
Otra de las cosas que tienen claras los países soberanos es que las constituciones necesitan ser renovadas de vez en cuando. Uruguay, por ejemplo, lleva siete versiones desde 1829. La última es de 1997. En Chile, Michele Bachelet ganó las últimas elecciones bajo la promesa de una nueva Constitución para Chile ya que la última fue la que les dejó la dictadura de Augusto Pinochet.
Algunas constituciones se renuevan mediante enmiendas, otras son documentos nuevos en su totalidad.
La de Estados Unidos ha sido enmendada 27 veces. La de Puerto Rico solamente seis veces y tres de ellas en el mismo año que se hizo (1952) para corregir unas cositas que el imperio rechazó. Fueron exigidas por el Congreso de los Estados Unidos como condición para aceptar la Constitución de Puerto Rico. A saber:
Para eliminar la sección 20 de la Carta de Derechos que garantizaba el derecho a educación primaria y secundaria gratuita, a obtener trabajo, a un nivel de vida adecuado y a la protección social (en el desempleo, enfermedad, vejez o incapacidad) (1952)
Para reconocer el derecho a ser educado en escuelas auspiciadas por el sector privado (1952)
Para disponer que toda enmienda a la Constitución de Puerto Rico deberá ser compatible con la resolución del Congreso de los EEUU aprobando la Constitución local, la Ley de Relaciones Federales, la Ley 600 del Congreso (que abrió el proceso para la adopción de la Constitución de Puerto Rico) y con la Constitución de los Estados Unidos (1952)
Las otras tres son las siguientes:
Para permitir que el Tribunal Supremo decida casos en pleno o en paneles de tres jueces (1960)
Para aumentar el margen prestatario del gobierno al 15% de los recaudos habidos en los dos (2) años previos inmediatos (1961)
Para permitirle votar a toda persona de 18 años o más (1970)
De allá para acá la Constitución ha sido 'mírame y no me toques'. Le han rendido tanta pleitesía a la mierda de Constitución que los puertorriqueños piensan que si la tocan la trastocan. Eso ha sido providencial si vamos a ver, porque las enmiendas que se les han ocurrido a los gobiernos de turno han sido catastróficas y hubo que fajarse desde la sociedad civil para derrotarlas.
En 1994 matamos dos propuestas de enmienda a la Constitución: (1) para fijar en nueve el número de jueces del Tribunal Supremo; (2) para eliminar el derecho absoluto a la fianza a 'criminales habituales'.
En el 2012 matamos otras dos: (1) para reducir el número de legisladores un 30% y (2) para que los jueces tengan la discreción de ordenar encarcelamientos sin derecho a fianza.
Ahora hablamos de una asamblea constitucional de status y ya hemos visto lo que han hecho y hacen los dos partidos coloniales para detenerla. Lo cierto es que necesitamos una nueva Constitución. Punto.
Son muchas –demasiadas– las cosas que tendríamos que arreglar con una nueva Constitución, pero me voy a referir someramente a las más obvias.
Marcia Rivera nos hablaba el otro día aquí mismo en 80grados de la más importante de ellas: el sistema educativo. Habría que sacar el sistema educativo del vaivén político partidista otorgándole la autonomía institucional que le permita funcionar. La Constitución vigente lo impide. Las secciones 5 y 6 del Artículo IV le otorgan pleno poder al gobernador de turno para controlar el Departamento de Educación y nombrar su Secretario. La autonomía del sistema educativo es esencial y eso requiere un cambio constitucional.
En estos días el tema que acapara titulares es una alegada corrupción judicial. He sido repetitiva en que no debemos caer en una cacería de brujas para complacer una opinión pública incendiada por los que buscan despojar a la judicatura de los jueces liberales acusándolos de blandos. Eso es lo que procura la derecha y el fundamentalismo religioso para cuando regresen al poder como aspiran. O por los que buscan desquitarse de jueces que no les han favorecido. O por los que buscan ridiculizar hasta tullir la Presidencia del Tribunal Supremo en manos de la minoría Popular para controlar la institución desde el Partido Nuevo Progresista sin mucho problema.
Sabemos que son más los jueces incompetentes e ineptos que los jueces corruptos. También sabemos que eso ha sido el resultado del sistema de nombramiento de jueces que propicia la Sección 5 del Artículo V de la Constitución. Los jueces los nombra el gobernador de turno con el consejo y consentimiento del Senado. La fórmula ha sido un fracaso. La adopción de un sistema de mérito como condición para ser juez requiere un cambio constitucional.
Sin ir más lejos, el mismo sistema electoral requiere un cambio constitucional si queremos lo que el país parece reclamar y nadie hace caso. Segunda ronda, procesos revocatorios, representación proporcional en la Legislatura, menos municipios.
La democracia participativa de la que tanto hablamos solo se afianza con un mecanismo institucionalizado de participación ciudadana directo, lo que se conoce como un proyecto de iniciativa ciudadana para que la sociedad civil pueda intervenir en la política pública mediante referéndums que ella misma convoca. Una participación disciplinada y consecuente del pueblo en su quehacer mediante la solidaridad organizada. Eso requiere un cambio constitucional.
Hay muchas más instancias en las que se hace obvia la necesidad de cambios constitucionales. Y son tantas, que de lo que estaríamos hablando es de una nueva Constitución.
Sueño de una noche de verano? Sí. Pero si instalamos el sueño en muchos de nosotros nos podemos convertir en la pesadilla de los inmovilistas.
*La autora es periodista. Tomado de 80 Grados.